Problemas con las tumbas

En mi familia tenemos el siguiente problema:
Tenemos dos nichos en el cementerio de un pueblo de Jaén, de mis abuelos.
Están en propiedad de la familia desde hace más de 120 años, y parece ser que fueron adquiridos a perpetuidad.
Ahora el ayuntamiento necesita dinero y quiere vender los nichos.
Los primeros en tener derecho a comprarlos es la familia, pero si esta no
Quiere pasarían a otra persona que pagase por su uso.
¿Tiene derecho el ayuntamiento a vender los nichos si son propiedad de la familia desde hace más de 120 años?

2 respuestas

Respuesta
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En principio la pregunta es difícil de contestar, ya que se necesita conocer la Ordenanza Municipal reguladora de los nichos del Ayuntamiento. Normalmente, se trata de concesiones administrativas, esto es, se permite el uso durante un tiempo determinado, pero no se tiene la propiedad. Imagino que lo que se tiene desde hace 120 años es la concesión, pero si no se tiene un documento que acredite la propiedad (que imagino que no habrá) el tema se complica.
Si se puede acreditar la propiedad, no lo pueden vender, pero insisto, habría que ver las ordenanzas municipales al respecto y la documentación que se tenga.
No existe documento alguno.
Lo único que hay es una placa que dice que es propiedad de la
Familia. Esta placa data de hace más de un siglo.
Si en la placa pone la palabra "propiedad", entiendo que no se puede vender por el Ayuntamiento. Me gustaría conocer en base a que norma, el Ayuntamiento procede a la venta. Lo que habría que hacer es presentar un escrito en el Ayuntamiento manifestando la imposibilidad de la venta o recurrir la comunicación que se ha producido por el Ayuntamiento notificando la venta.
Respuesta
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Si son propiedad de la familia, es igual que sea de 120 años que de 10 años, el ayuntamiento no los puede vender sin expropiarlos, bajo ningún concepto.
Otra cosa sería si se tratase de una concesión administrativa, en cuyo caso una vez terminada la misma el Ayuntamiento podría disponer de los mismos.
En cualquier caso, lo conveniente es investigar el origen del cemenerterio y del uso de los nichos por parte de su familia; resultándome sumamente extraño que se tratase de una concesión administrativa si el uso es de hace más de cincuenta años; debiendo el ayuntamiento, conforme a la Ley de Régimen Jurídico de las Administracioens Públicas y Procedimiento Administrativo común facilitarle el acceso a la documentación que le pudiese afectar.
En cualquier caso, lo mejor consultar a un abogado de la localidad que normalmente al afectar a una multitud de personas dicha resolución, conocerá el caso concreto.
Pero si Vdes. Son propietarios, sólo les pueden privar de su propiedad mediante la expropiación forzosa.

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