Cantidad embargable de la nomina
Me van a ejecutar la hipoteca y al no cubrirse con la subasta la deuda posteriormente me pasaran a embargar los bienes que poseo que solo son dos, un coche recién comprado con reserva de dominio, el cual creo que es más complicado que me lo embarguen al tener la reserva de dominio, si no estoy en lo cierto le agradecería que me lo indicase.
Y por otro lado la nomina, aquí tengo una gran duda y le agradecería enormemente si me pudiera indicar basando en los datos que le facilito la cantidad que me podrían embargar:
Devengos:
¿Salario Base 850?
¿Gratificaciones extaordinarias 212,49?
¿A cuenta convenio 263,20?
Comp Mej. ¿Productividad 4.25?
¿Plus de transporte 77?
¿Plus ttes cta convenio 426,35?
¿Total devengado 1833,33
base de cotización por contingencias comunes 1729,95?
¿Liquido a percibir después de las deducciones de irpf y demás 1466?
¿He calculado en la página web de hacienda las cantidad a embargar y seria aproximadamente unos 284?, no se si he realizado bien los cálculos o no, pues se que hay cantidades en la nomina que son embargables al 100%, le agradecería sinceramente si me pudiera confirmar si he realizado bien los cálculos o he cometido algún error. Cuando se dicte el embargo ¿cómo se procede el juzgado fija la cantidad a embargar o la empresa al recibir la notificación del embargo de mi nomina realiza ella los cálculos en función a mi salario?
Por ultimo indicarle que pertenezco al convenico del comercio del metal de madrid.
Y por otro lado la nomina, aquí tengo una gran duda y le agradecería enormemente si me pudiera indicar basando en los datos que le facilito la cantidad que me podrían embargar:
Devengos:
¿Salario Base 850?
¿Gratificaciones extaordinarias 212,49?
¿A cuenta convenio 263,20?
Comp Mej. ¿Productividad 4.25?
¿Plus de transporte 77?
¿Plus ttes cta convenio 426,35?
¿Total devengado 1833,33
base de cotización por contingencias comunes 1729,95?
¿Liquido a percibir después de las deducciones de irpf y demás 1466?
¿He calculado en la página web de hacienda las cantidad a embargar y seria aproximadamente unos 284?, no se si he realizado bien los cálculos o no, pues se que hay cantidades en la nomina que son embargables al 100%, le agradecería sinceramente si me pudiera confirmar si he realizado bien los cálculos o he cometido algún error. Cuando se dicte el embargo ¿cómo se procede el juzgado fija la cantidad a embargar o la empresa al recibir la notificación del embargo de mi nomina realiza ella los cálculos en función a mi salario?
Por ultimo indicarle que pertenezco al convenico del comercio del metal de madrid.
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Respuesta de Abogados Edo
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