Defectos construcción

Hola. Tengo un chalet adosado desde hace tres años y medio. La tubería que está en la calle y fue hecha por el constructor se congela y se ha roto ya dos veces. Me ha dicho la compañía de agua que tengo que cambiar la tubería y hacer una obra para conectarme directamente con la general, de esa manera ya no tendría estos problemas. La comunidad me dice que esa obra es cuestión mía porque la tubería es de mi propiedad. Lo que quiero saber es si puede reclamar al constructor el importe de la obra. Gracias.

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Para esto sería necesario acreditar que efectivamente es un defecto constructivo, esto es una cuestión más técnica que jurídica, por lo que deberá asesorarse en un arquitecto sobre la forma en que deberían ir esas instalaciones
Si efectivamente se trata de un defecto constructivo podría reclamar contra el constructor no por la vía de la normativa sobre garantías en la edificación pues por ahí podría haber pasado el plazo para reclamar, a menos que demuestre que esos defectos ocurrieron dentro del plazo de 3 años, si puede demostrar esto tiene entonces un plazo de 2 años para reclamar desde que se descubrieron esos defectos
Si no puede ir por esa vía podría intentaro a través de los daños y perjuicios sufridos en virtud del contrato acreditando que por culpa del empresario ha sufrido unos daños evaluables en el precio de las obras que deba realizar
Dada la complejidad de esta materia sería aconsejable que acudiera a un abogado que pudiera estudiar con detalle su caso y ver la mejor vía de encarar su reclamación

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