Pensión de alimentos

Buenos días, tengo un problema un poquito complicado y quería saber que podía pasar.
Tengo en los juzgados una demanda de modificación del régimen de alimentos y visitas.
El régimen de visitas es porque mi ex se largo con mis dos hijos a vivir a barcelona y yo estoy en madrid, ¿puedo hacer que pague la mitad o la totalidad de los gastos de viaje?.
¿Sobre la pensión de alimentos el fiscal se niega a aprobar el convenio que hicimos de mutuo acuerdo ya que dice que pagar una manutención de 200? No cubre la necesidades de los niños, ¿yo actualmente pago 400? ¿Y cobro 418? De una ayuda familiar porque estoy en el paro. ¿Quisiera saber si realmente pueden quitarme el 97% de los únicos ingresos que tengo?.
Que me puede pasar si también no puedo pagar ya que la ayuda se me acaba el día 4 del mes que viene.
Un saludo y gracias de ante mano.

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Debe ser su abogado que lleva su caso a quien corresponde defender sus derechos en el juzgado, pues usted no puede por si solo defender estos intereses, no se si tendrá un abogado privado o de oficio, pero si no lo tiene es imprescindible que lo solicite
Evidentemente el fiscal puede cantar misa si quiere, si usted demuestra que efectivamente cobra 418 euros ningún juzgado va a obligarle a pasar 400 euros, tiene que reseñar también en ese proceso la fecha en que termina su prestación para que la sentencia que se dicte fije los alimentos con carácter temporal hasta esa fecha
Evidentemente si no ingresa nada no puede pasar nada
Todo esto debe hacerlo su abogado que es quien debe defender sus intereses en ese proceso

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