Contencioso administrativo

Hola,
el ayuntamiento me ha desestimado el recurso de una multa, y me da la opción de poner un "recurso contencioso administrativo".
Mis 3 dudas son:
1. ¿Puedo ponerlo yo mismo sin necesidad de abogado?. El asunto es claro y simple. Y tengo fotos y un testigo de la situación.
2. Me daban el plazo de 2 meses para poner el contencioso, pero ¿el plazo es hábil o natural?.
3. Y caso de necesitar un abogado, ¿qué puede costar?...
Gracias.
Datos de interés:
Hace unos meses me pusieron una multa alegando que había aparcado en zona peatonal. A la que recurrí por no entender en qué se basaban.
Me desestimaron la protesta, diciendo que es una calle peatonal donde el acceso está cortado por una jardinera. Pero el día que pasé y aparqué no había jardinera alguna. Aunque ahora sí, claro! (2 meses después!). Y así me respalda una testigo que tiene una tienda justo delante de la calle, diciéndome que ahora está la jardinera pero que la quitaron hace unos meses para unas obras, y que acabadas las obras estuvo otro tiempo la calle sin esa jardinera; poniéndola semanas después.
Rafael P. (Mallorca)
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Las partes deben intervenir en el procedimiento contencioso-administrativo obligatoriamente asistidas por un abogado, siendo opcional la representación mediante procurador. Cuando el Procurador no interviene, las notificaciones se le entregarán al abogado.
El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo es de 2 meses contados a partir de la notificación de la resolución que se impugna o de la notificación del acto que pone fin a la vía administrativa, siempre que este acto sea expreso. En los plazos por meses se computan de fecha a fecha, no como días hábiles, ni naturales. Ejemplo. Notificación el 1 de enero, pues 2 meses sería el 1 de marzo.
Cada comunidad tiene unas normas pero la tramitación de la demanda y asistencia a juicio puede oscilar entre 300 y 500 euros.

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Es un contencioso administrativo es ya la jurisdicción ordinaria. Los honorarios del abogado son libres, aunque hay honorarios aprobados por los colegios que son orientativos. También necesitas procurador. Puedes negociar los honorarios con ellos.
El plazo, si es de dos meses, se cuenta de fecha a fecha, o sea, naturales.
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1 Si es contencioso administrativo, necesitará abogado y procurador.
2 Hábiles, pero le recomiendo que no apure el plazo.
3 Depende de la cuantía, ¿pero cuente que entre abogado y procurador pueda costarle al menos unos 200?

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