Necesito consejo legal sobre la propiedad de la vivienda donde vivo junto a mi hermano y mi madre

Buenas noches, me dirijo a usted porque tengo un problema y no se como actuar legalmente.
Mis padres se separaron cuando yo tenía una año más o menos y mi hermano unos dos, el juez le dejo la casa en la que vivían (que era de mi padre) a mi madre hasta que nosotros cumpliésemos la mayoría de edad (eso es lo que me ha contado mi madre).
La verdad es que es un lio porque la casa en cuestión estaba a nombre de mi abuela paterna, pero mis abuelos les dieron la herencia en vida a sus hijos y esa casa le pertenecía a mi padre, aunque que yo sepa nunca la puso a su nombre, mi padre y yo nunca hemos tenido relación, vivíamos en un pueblo de 400 habitantes y nunca me hablo, de hecho yo sabia que era mi padre porque me lo dijo mi madre pero ya esta, nunca se hizo cargo de nosotros, se paraba a hablar con mis primos y a mi ni me miraba, la verdad que no era muy agradable... En fin...
La cuestión es que mi tía esta continuamente amenazando a mi madre diciendo que le de la casa que es la herencia de su hija, nosotros somos mayores de edad hace años pero el juez nunca ha dicho nada y mi pregunta es: ¿Qué derechos tenemos nosotros por ser sus hijos? ¿Nos puede desheredar?
Ahh según parece mi padre esta incapacitado porque mis tías han gestionado la ley de la dependencia, le agradezco muchísimo su respuesta y su orientación.

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Son cuestiones distintas:
1º El derecho que tienen sobre la herencia de su padre, si están reconocidos como hijos de él tiene todo derecho a la legítima en su herencia, pero este derecho a la legítima solo se concretará a la muerte de su padre, en vida su padre es el propietario de sus bienes y el que tiene derecho a usarlos
2º El tema de la vivienda, primero hay que estar a lo dispuesto en la sentencia sobre el uso de la misma, en cuanto a la participación en el reparto de la misma, serán en su caso los herederos de sus abuelos los que puedan acceder a esa partición (su padre, sus tíos)
Es distinto el uso de la vivienda y la propiedad, la sentencia que se dictó solo se refiere al uso, por lo que si en ella se fija expresamente que dicho uso solo se extiende hasta que cumplan los hijos la mayoría de edad, al llegar a ella se puede reclamar la extinción de ese uso

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