Recurso de alzada

Hola buenos días, en primer lugar agradezco profundamente al asesoramiento que os dan, es realmente importante
Prosigo, hace un año, el día 7 de mayo de 2010 presente en una de las oficinas de vivienda de la generalitat de catalunya la solicitud para una prestación permanente para el pago del alquiler. Luego de algunas entrevistas dieron el visto bueno al expediente corroborando que estaba todo correcto, me entregaron una copia de la solicitud y a esperar
Luego de varios meses y me muchas visitas al centro de vivienda dijeron que mi solicitud quedaba denegada por AGOTAMIENTO DE LA PARTIDA PRESUPUESTARIA.
No conforme con este interpuse un recurso de alzada ante la secretaria de la vivienda del cual no he tenido noticia alguna hasta el momento, eso fue el día 17/02/2011
Desde ese día no he sabido nada de este recurso presentado, mi pregunta es si el silencio administrativo indica que mi recurso es favorable o no, en el caso que no que debo hacer para seguir reclamando, puedo interpretar dicho silencio como favorable, por lo que he leído el plazo de resolución es de 3 meses pero bueno no se que pasos seguir después del recurso de alzada
Bueno era esto nada más una vez más agradecido por todo y excelente trabajo
manager 1

2 respuestas

Respuesta
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Los efectos del silencio en el recurso de alzada son negativos, transcurridos 3 meses desde la interposición sin que haya sido resuelto se entiende desestimado y entonces hay un plazo de 6 meses para acudir a la vía judicial
Agradezco su respuesta sr amart
Si dispongo de 6 meses contando el silencio administrativo, recomienda ud iniciar un procedimiento judicial, teniendo en cuenta como hice antes mención que el expediente completamente correcto
Ademas, cuando me dieron un comprobante del expediente denegatorio decía muy claro que los requisitos en su totalidad eran los correctos, pero que lo desestimaban por agotamiento de la partida presupuestaria
En el caso de acudir a la vía judicial que probabilidades tengo de ganar este proceso
Gracias y buen trabajo
manager 1
Quien debe hacer una evaluación completa de su caso es el abogado a quien se lo encargue, hay que estudiar las bases al completo para comprobar si hay alguna clausula que permita retirar las ayudas en caso de agotamiento del presupuesto
Esto sería lo único que podría complicar el resultado, fuera de esto no debería tener problema en sacar adelante el caso, y el juez obligaría a consignar el crédito necesario para pagarle
Pero como le digo, esto solo podrá concretarselo el abogado a quien acuda previo estudio más detallado de su caso
Respuesta
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Pues en este caso el silencio administrativo es en sentido negativo, y la siguiente instancia a la que podría acceder es a la interposición de un recurso contencioso administrativo en el Juzgado contencioso administrativo. No obstante puede intentar la vía del defensor del pueblo, que si es una instancia gratuita.

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