Construccion; tema laboral

Quedria saber si mi jefe dueño de la empresa en la que trabajo se jubila:
¿Qué pasaría a la hora de echarme?
¿Qué me pertenecería de indemnización?
¿Si estoy en situación de baja desde el 7 de junio del 2010 que me pasaría si se jubila?
¿Qué me coresponderia de indemnización y con las vacaciones no disfrutadas?
Espero tu respuesta pronto atentamente gamuzas
Un saludo

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Si se extingue el contrato de trabajo por jubilación del empresario la indemnización que le corresponde es de 30 días de salario.
Aparte como finiquito deberá pagarle las vacaciones no disfrutadas, los salarios pendientes de pago y las pagas extras no abonadas
Si esta de baja cuando se extinga el contrato seguirá en esta situación hasta el alta médica, cobrando la prestación por incapacidad temporal, en el momento del alta pasará a cobrar el paro, pero los meses que van desde la extinción del contrato hasta el alta se descontará de los meses que le corresponde como paro, es como si esos meses hubiera cobrado el paro

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