Revisión de salarios según convenio
Según el convenio de consultoras de planificación (interprovincial) la revisión salarial para el 2003 se rige por esta clausula:"5. En el caso de que el índice de Precios al Consumo (IPC), al 31 de diciembre de 2002, comparado con el IPC al 31 de diciembre de 2001, resultare superior a éste en más de un dos por ciento (2 por 100), los salarios base y el Plus de Convenio de este año 2002, establecidos en los anexos III y IV de este Convenio, se revisarán al alza, con efecto retroactivo desde el día primero de julio, inclusive, de 2002, de modo que la cuantía mensual revisada de cada uno de dichos conceptos, a partir de la citada fecha 1 de julio de 2002, represente sobre las homólogas del 2001, fijadas en los anexos I y II, el mismo incremento total producido al 31 de diciembre de 2002, más medio punto porcentual (0,5 por 100), adicional. Dicha revisión no afectará a la paga extraordinaria de julio y sí a la de Navidad."
Mi duda surge en averiguar la cantidad resultante de aplicar esas operaciones (que no tengo claras). Para un salario base en 2001 -cat. ¿Titulado- de 17.298,54? ¿Y un salario base de 17.731,00? En 2002, según las tablas recogidas en el convenio, ¿cuál sería la cantidad real que debería figurar a partir de julio de 2002? El IPC a 31 de 12 de 2001 fue un 2,7% y a 31 de 12 de 2002 fue de 4%. ¿A qué se refiere el convenio cuando habla de "represente sobre las homólogas del 2001 el mismo incremento total producido a diciembre de 2002, más medio punto? La diferencia entre el IPC de 2001 y el de 2002 es de 1,3 puntos. ¿La subida sería 1,3+0,5=1,8 sobre el salario de 2002 -17.731-? ¿Sobre el de 2001? ¿O sería un 4,5 sobre el salario de 2001-17.298,54?
Perdona por el ladrillo pero estoy hecho un lío.
Mi duda surge en averiguar la cantidad resultante de aplicar esas operaciones (que no tengo claras). Para un salario base en 2001 -cat. ¿Titulado- de 17.298,54? ¿Y un salario base de 17.731,00? En 2002, según las tablas recogidas en el convenio, ¿cuál sería la cantidad real que debería figurar a partir de julio de 2002? El IPC a 31 de 12 de 2001 fue un 2,7% y a 31 de 12 de 2002 fue de 4%. ¿A qué se refiere el convenio cuando habla de "represente sobre las homólogas del 2001 el mismo incremento total producido a diciembre de 2002, más medio punto? La diferencia entre el IPC de 2001 y el de 2002 es de 1,3 puntos. ¿La subida sería 1,3+0,5=1,8 sobre el salario de 2002 -17.731-? ¿Sobre el de 2001? ¿O sería un 4,5 sobre el salario de 2001-17.298,54?
Perdona por el ladrillo pero estoy hecho un lío.
Respuesta de anta