Usufructo vitalicio

Mi papa, antes de fallecer hizo un contrato de compra venta de todas sus tierras a nombre de sus cuatro hijos, pero con usufructo vitalicio a favor de mi mama, las tierras son productivas, mi mama actualmente no nos permite trabajarlas ya que tiene posesión de todo, mi pregunta es si ella tiene derecho a arrendarlas a otras personas, o si nosotros podemos trabajarlas y darle un porcentaje de lo obtenido de las tierras.

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Tu madre tiene el usufructo vitalicio, es decir hasta que fallezca de las tierras. Es decir que tiene el derecho al uso y disfrute de esos bienes, a su aprovechamiento, a arrendarlo a quien estime conveniente. Vosotros tan solo tenéis la nuda propiedad, es decir, ni ella ni vosotros podéis vender sin contar con la otra parte.
Dentro de las posibilidades que tiene ella, puede arrendarlas a vosotros o a quien estime conveniente, y pactar con el arrendadatario la forma de pago que estime.

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