Sobre Decreto-ley

Hola!
Me estoy preparando unas oposiciones y encuentro una duda con respecto a algo que he leído, se refiere al Decreto-ley, que dice que puede modificar una Ley pero que no puede ser impugnado ante la jurisdicción contencioso-administrativo.
¿Podrían aclarar?
Gracias.

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Te digo. Un decreto-Ley, tiene rango de Ley en tanto en cuanto se ha aprobado en el Parlamento con los requisitos que exige la Constitución, urgente necesidad, etc. Es pues que las leyes no están sometidas al control de legalidad de los Tribunales contenciosos administrativos, sino que unicamente puede hacerse juicio de constitucionalidad por el Tribunal Constitucional.
Todo obedece a la jerarquía normativa, las leyes estatales o autonómicas en tanto en cuanto son leyes emanadas del Parlamento, son legales, lo que puede ser una ley (o un Decreto-Ley)es contrario ala Constitución que es la norma superior, y ese control lo hará el Tribunal Constitucional.
Por debajo de las leyes en cuanto a jerarquía normativa están los decretos y reglamentos, que tienen que ser conformes a la Constitución y a las leyes por tener inferior rango jerárquico. Estas normas que derivan del Gobierno, de Ayuntamientos, de Ministerios son los que reciben el control de legalidad de los Tribunales Contenciosos administrativos.
Por tanto dos cosas claras; Control de Constitucionalidad de las leyes y decretos leyes por parte del T. Constitucional, y control de legalidad de normas de rango inferior por los Tribunales ordinarios de lo Contencioso administrativo.
Suerte con tu oposición.
Entonces el decreto-ley más o menos sería equiparable a Ley en cuanto a jerarquía, solamente que modifica la Ley y la Ley por tanto no está sujeto ante la Jurisdicción contencioso-administrativo. Claro, es cuestión de jerarquías.
Si no he entendido mal.
Gracias por la aclaración. Ha sido muy clara.

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