Pregunta sobre la Ley para incapacitados

Estimadisimos Expertos:

Soy tutor de mi madre y por necesidades para su mantenimiento me veo obligado a vender la casa de ella y traerla a vivir a mi casa.

Me he leído la ley de incapacidad y observo que se me solicita para esta venta la autorización del juez que la incapacito.

La secretaria del Juzgado me comenta que necesito para solicitar dicha autorización de abogado y procurador (la ley creo recordar no comenta nada sobre abogado y procurador).

La casa en cuestión tiene un precio de venta de mercado de aproximadamente 175.000€.

Quisiera saber, si realmente necesito contratar los servicios de estos profesionales para la solicitud al juez y en caso de ser necesario cuanto me costarían ambos y en que se basa el abogado para aplicarme una minuta u honorario, es decir, va en función del valor del piso a la venta o en función al trabajo que esta solicitud al juez suponga.

Muchas gracias por sus comentarios.

Un saludo afectuoso.

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La Secretaria del Juzgado le ha dicho lo correcto, pero quizás usted no entendió el contexto, ya que su pregunta la formuló en un juzgado, y aquélla se refería la Ley a la que se refería es la de Enjuiciamiento Civil.

La contratación de los servicios con un Abogado se realiza en función de un pacto entre el cliente y éste, los criterios serán en función de la cuantía litigiosa del procedimiento así como el trabajo a desarrollar, porque lo imponen los Criterios del Colegio de Abogados donde obligatoriamente ha de pertenecer dicho profesional.

Ruego cierre y valore

Estimado experto:

Estoy convencido de que usted se explico perfectamente pero yo no lo entendí, es decir, en este caso concreto que nos ocupa, es necesario de obligado cumplimiento contratar los servicios de abogado y procurador para solicitarle al juez que la incapacito, permiso y autorización para la venta del inmueble?

Sobre la cuantía Litigiosa del procedimiento, entiendo que en este caso es solicitar por escrito la necesidad de efectuar la venta del inmueble cuyo valor serian 175.000 euros. Es este el valor de la cuantía litigiosa del procedimiento? y podría darme un precio aproximado para este trabajo encargado a abogado y procurador?

Seria el mismo trabajo el solicitarlo para un inmueble de 175.000 euros que para uno de 350.000 euros. Y simplemente por la cuantía del inmueble me costaría el procedimiento el doble?.

Un saludo y muchas gracias por su atención.

Se lo he dicho de esa manera porque usted en su exposición parece que maneja la ley y sus aplicaciones al caso. Efectivamente tendrá que contratarlos.

La cuantía litigiosa son 175.000€ en su caso. No le puedo responder porque le repito que esa es una cuestión a tratar entre usted y el Abogado al que acuda, y con toda la documentación encima de la mesa, la estudiará y a renglón seguido le dará el precio. Los acuerdos sobre las minutas de los servicios no son tablas de multiplicar, sino que hay unos mínimos y el resto queda dentro del principio de autonomía de las partes.

Ruego cierre y valore

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