Embargo de sueldo y pensiones
cuando la gente pregunta cuanto me pueden embargar de la pensión o de la nomina,teniendo dos.tres, cuatro,cinco o seis embargos al mismo tiempo,no es verdad que el articulo 607 de la ley de enjuiciamiento civil te dice que asta que no termines de pagar el primer embargo,entra el segundo,luego el tercero y así sucesivamente pues nadie lo cumple.resulta que si yo tengo una pensión de 2000 euros me pueden embargar de 2000 - 645,30 =1354.70 esa es la cantidad total que me pueden embargar al mismo tiempo.pues el articulo 607 de la ley de enjuiciamiento civil, la seguridad social se la pasa por el forro y muchos mas e incluso asta los mismo jueces,pues hay muchas personas que lo consultan,pero no se las dice la verdad,puesto que es embargable todo el sueldo que exceda o supere del salario mínimo interprofesional