Tutor legal y derecho a retribución

Recientemente he sido nombrado tutor legal de una tía mía de 84 años soltera y sin hijos, demenciada por el alzheimer. Ha sido incapacitada totalmente y se me ha autorizado su internamiento en un centro asistencial. Cobra una pequeña pensión y es propietaria de una casa. No hay ningún otro ingreso económico ni propiedad aparte de lo citado. La pensión la destino íntegramente a pagar la mensualidad de este centro asistencial. En la sentencia de incapacitación, en la que se me nombra tutor, no se me exige fianza, pero tampoco se hace mención alguna a cobrar una retribución por el cargo de tutor que desempeño. Tengo que decir que los familiares más directos en la actualidad son siete sobrios entre los que me incluyo. Ninguno de estos ha querido saber nada de su tía y el único que se ha ocupado de ella soy yo para que no quedara desamparada. Quiero señalar que me costa que mi tía hizo testamento en el que nombraba herederos a sus tres hermanos y a una amiga suya soltera y sin hijos a partes iguales y que todos ellos han fallecido antes que ella. En el testamento se dice que serán sustituidos por premoriencia para suceder los respectivos descendientes por estirpes. Con mucha probabilidad sea este su último testamento, aunque no tengo la seguridad absoluta de ello.
Mis preguntas son:
1º ¿Puedo pedir al juez algún tipo de retribución tal y como señala el art 274 del CC después de que se haya dictado sentencia de incapacitación y nombrado tutor?
2º Si en este momento el único patrimonio de mi tía es una casa, ¿puedo pedir algún tipo de retribución para el futuro con cargo a este patrimonio antes de que esta casa la hereden sus herederos legales o los que mi tía haya designado en testamento teniendo en cuenta el citado art 274 del CC?
3º ¿Cómo debo proceder judicialmente para ello y que me aconseja?

2 Respuestas

Respuesta
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Te reconoce ese derecho el art. 274 del CC. Siempre que el patrimonio del tutelado lo permita, pero como ves, el Juez tiene que fijar su importe y por tanto los fijará entre el 4% y el 20% de las rentas.
Solicitalo mediante comparecencia en el Juzgado y a ver que resuelve Su Señoría, pero no creo que te den nada, dado que tampoco la administración de la persona y bienes de la incapacitada no te quita mucho tiempo ni da mucho trabajo.
Respuesta
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Disculpe por la tardanza en la respuesta pero estos días de Semana Santa ..
Efectivamente puede Vd obtener retribución en los términos del artículo 274 . Esta retribución como dice ese artículo no puede ser superior al 20 % del rendimiento liquido de los bienes.
El problema se plantea en la rentabilidad de los bienes.
Si su tía está actualmente internada en un centro especial ¿Cómo se paga este centro? Si se paga con la renta de la casa integra sería un problema pero si sobre algún dinero de la renta de la casa y de la pensión una vez pagado el centro.
Mi consejo es que como tutor alquile la casa si no la ha alquilado ya y que posteriormente dirija un escrito al juzgado que le nombró tutor encabezado con sus datos, exponiendo su condición de tutor y nombramiento, exponiendo los bienes y circunstancias de su tía y exponiendo sus rentas... podrá solicitar una retribución de hasta el 20 % de la casa... calcule Vd la cantidad que le puede corresponder y vea si le merece o no la pena pero en esas circunstancias puede Vd solicitar la retribución .
Respecto a hacer testamento su tía difícil va a ser al estar incapacitada. Tan solo se podría hacer si tuviere momento lúcido y recobrase la capacidad... difícil con alzheimer e resolución judicial de incapacitación.

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