¿Tengo derecho a quedarme con mi hija en el piso de mi ex marido aunque yo tenga mi piso?

Hace te

Buenos dias.. Después de 9 años de relación de pareja hace tres meses me casé (con separación de vienes). Tenemos una niña de 4 años y siempre hemos vivido en el piso de él. Él pagaba su hipoteca y los recibos y yo todos los gastos de los tres... Alimentación, ropa, gastos extras etc..

Yo tengo un piso en propiedad, sin terminar de pagar y que lo tengo alquilado.

El problema viene cuando hace un mes mi marido decide terminar con la relación y se va de casa.. Aunque sigue viendo a la niña y llevandola al cole como ha hecho siempre. Resulta que yo inverti en su piso puesto que iba a ser nuestra casa familiar en una obra de ampliación 17.700€ que tenia ahorrados... Ahora me veo en la tesitura de queno se si tengo derecho a quedarme con la niña en su piso o como tengo el mio me tengo que marchar.. ¿pero entonces que ocurre con la deuda que tiene conmigo de los 17.700€ que invertí en su piSo?.. El problema es que con su sueldo no va apoder hacer frente a la pensión de alimentos y a una cantidad mensual para ir pagandome la deuda, si yo me quedo en su piso el tendrá que pagar un alquiler y me ha dicho que no puede pedir ningun credito porque ya tiene deudas en su negocio.. ¿podriais decirme si tengo derecho a quedarme en su piso? Y sino.. ¿cómo puedo hacer para cobrarla deuda y poder marcharmea mi piso?

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De principio el que se ha ido del piso ha sido el, no dices exactamente cual es es el motivo, pero deduzco que su negocio le está ocasionando algún tipo de problemas que no esperaba y una cosa termina arrastrando a la otra, actualmente dada la situación actual tan inestable es frecuente que un pequeño problema, pueda dar pié a tocar tema familiar.

Sino ha habido malos tratos, lo aconsejable ya pasado 1 mes del incidente, entre los 2 y con los ánimos calmados tratéis de razonar, lo que se ha hecho en 9 años, no se puede destruir en un arrebato.

El se ha marchado porque quiere estar con otra persona, estamos yendo a mediación familiar para llegar a los acuerdos sobre guardia y custodia , cantidad para alimentos y otros gastos de la peque..pero el problema está en si yo me quedo en su piso o si me marcho al mio..porque para irme al mio tendría que cambiar todos los muebles , comprar electrodomésticos porque ya lo he tenido alquilado 13 años y todo está hecho una pena y como no tengo dinero porque todo lo invertí en su piso en la obra de ampliación ..esa es mi pregunta..si tengo derecho a quedarme en el piso?

Tu de principio te podrías quedar en el piso, el tema de pensión para ambos padres, se establece en proporción a las posibilidades de uno y otro y en atención a las necesidades del menor. La obligación no se reparte en proporción de 50 y 50 por ciento para cada padre, sino que le toca más a quien más puede y menos a quien menos puede, esto es, de acuerdo a las posibilidades de cada uno de los padres.

A ver los, dos tenemos un sueldo cada uno..el dinero que yo le pido para marcharme a mi piso es el dinero que yo invertí en el suyo....y como tiene que darme una parte para la niña no le da el sueldo para ir pagándome la deuda ni puede pedir un préstamo...con lo cual me veo que me tengo que mudar a mi piso solo con mi sueldo y sin nada ahorrado porque lo gasté en su piso y no voy a cobrarla deuda..mi pregunta es si yo por ley tengo derecho a quedarme en su piso y no tener que mudarme?

Tendréis que pactar entre los 2 esa cantidad que tu has invertido, pero tema de salir o no tu del piso, eso es decisión tuya, por ley te corresponde a ti quedarte en el piso.

Buenas noches.Al final hemos llegado

Buenas noches.Al final he decidido marcharme a mi piso con la condición de que el me haga un reconocimiento de deuda..quisiera saber si hay alguna forma de hacer ese reconocimiento especificando que me pagará cuando vaya teniendo dinero porque en la actualidad es imposible?...el tiene intención de pagarme pero no sabe cuando va a tener dinero para poder hacerlo...no se si hay alguna forma ose tiene que especificar en dicho reconocimiento fecha o plazos o algo así...gracias

Lo importante es el reconocimiento de la deuda, plazo y penalización en caso de incumplimiento.

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