¿Fraude en le legitima?

Mi padre tiene una casa que ha decidido Y ya lo ha hecho) verderla ficticiamente a un hermano mio, han ido al notario y no se que chanchullo habrán hecho, el caso es que al resto de hermanos que somos cinco nos ha dicho que todo lo que tiene se lo ha vendido a mi hermano pero sin que este le pague nada, pero que han hecho algo para que no se le reclame ni la casa a mi hermano ni el dinero de la venta, porque no la ha habido pero dice que consta como que la hubo, mi pregunta es :¿Tenemos derecho a algo los demás hijos? Mi padre ya no tiene nada a su nombre, ¿es legal lo que ha hecho?. Mi padre es viudo y la casa es o era de el, y siempre dijo que era para sus cinco hijos, ¿qué se puede hacer?

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Primero decirle que el propietario de un inmueble se lo puede vender a quien le de la gana:
A un amigo, a un extraño, a un sobrino... a quien quiera.
Pero es verdad que si se lo "DONA" o se lo "MALVENDE" a uno solo de los hijos, le está beneficiando con la herencia de los demás.
Osea, que venderlo, pues si. Es legal.
¿Qué le de la herencia de todos? Pues no es ilegal, pero mientras no fallezca no se puede reclamar nada.
¿Qué no ha habido pago de dinero?, pues vaya usted a saber. Pero en la escritura notarial segoro que figura un precio de venta.
Dice que "han hecho algo para que no se reclame".
Ese algo, puede ser que haya hecho testamento diciendo que no desea que ese piso sea traído a colación. O sea, que se sume a la herencia a repartir a su fallecimiento.
Pero de todas formas, esto si que seria ilegal, ya que la legítima hay que respetarla y les corresponde a los demás hermanos.
Es demandable.
Pero el testamento, hasta que no fallezca, no se puede saber el contenido.
Por tanto, no se puede demandar.
Solo se demandaría tras su fallecimiento y no al padre, sino al hijo, para reclamarle la legítima.
Puede ser que haya firmado un documento (incluso notarial) de reconocimiento de deuda, de que su hermano le ha prestado varias veces dinero que suma todo... XXXXXX euros. Y como pago le vende el piso en... XYXYXYXY
Pues como la Ley dice que no hay obligación de conservar documentos más de 5 años... cuando su padre fallezca... y quieran ustedes reclamar, se enfrentan a un juicio muy complicado.
Además, si son 5 hermanos, la legítima que a cada uno le corresponde es de un 6,67%.
Muy poco para meterse en juicios.
Pero además, tenga en cuenta que en la compra-venta hay que poner un precio. Y si dicen que es por deudas y tal, hay que respetarlo.
Y hay que quitarlo del valor real del piso y sobre la diferencia (que ya no es el valor del piso, sino una cantidad muy pequeña), calcular el 6,67% para cada uno.
En fin, que por desgracia, estando vivo, puede hacer lo que quiera con lo suyo, y si encima no sabemos lo que han firmado, ni el precio de venta, ni hay pruebas documentales de deudas o precios de venta, y encima sigue vivo... y si encima han pasado más de 5 años el día que él fallezca, y encima, les correspondería a cada uno un 6,67% sobre una cantidad mínima, que podría ser sobre la diferencia entre el valor del piso y la hipotética deuda por préstamos de su hermano a su padre, y para cobrarla hay que hacerlo planteando demanda judicial de muy dudoso resultado y bastante costosa...
En fin, hay veces que merece la pena olvidarse.
Ya se que es la puñeta. Que a uno se le subleva la sangre.
Me había sido muy fácil decirle que sin lugar a dudas tienen derecho a la legítima y que pueden reclamarla tras el fallecimiento de su padre. (Que es verdad).
Y usted tan contenta.
Pero aunque no le guste mi contestación prefiero analizar con usted los inconvenientes con los que se van a enfrentar.
Al menos, ya sabe de lo que va el tema.
Un saludo y si no tiene más que añsdir le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.

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