Arrendamiento con opción a compra

Voy ha arrendar una piso de nueva construcción a la propia constructora, esta me ha dado la opción(puesto que por diversos problemas no puedo de momento escriturar nada a mi nombre) de pagarle una renta + unos intereses fijos durante un periodo de 20 años, después del cual ejecutaríamos la compra. Mis preguntas son:
- ¿Legalmente, esto se puede hacer sin problemas?
- ¿El contrato privado de arrendamiento con opción a compra o leasing inmobiliario puede estar a mi nombre (puesto que por diversos problemas no puedo de momento escriturar nada a mi nombre) o directamente como tenía pensado cuando se ejecute la compra, ponerlo a nombre de mis hijos?
-¿Hay qué pasar el contrato privado por un notario, o no es necesario?.
Son unas cuantas preguntas, por eso quiero darle las gracias por anticipado. Un saludo.

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Este tipo de contratos se incriben en el Registro de la Propiedad, pues es la forma de garantizar su seguridad jurídica, es decir, que la propiedad no pueda vender el inmueble a un tercero... Por lo tanto, se realiza en notaria.
El problema lo puede tener si pretende luego ceder la propiedad a sus hijos, puede que le resulte más interesante hacerlo directamente a nombre de sus hijos, para evitar problemas.
En cualquier caso, debería ponerse en manos de un abogado, para que le ayude y evitar problemas.
Agradecemos valoración de la respuesta.

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