Embargo

Tengo un amigo que tiene una deuda con una financiera, le han dicho que le llegará una carta del juzgado, diciéndole que le van a quitar la casa, ¿es posible que esto se produzca?
Respuesta
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Lo que tu amigo tiene es la obligación de devolver el dinero que le han prestado, con los intereses correspondientes. En ningún caso tiene la obligación de dar la casa. Lo que sucede es que si no pagas, la Financiera te demanda y si gana la demanda, puede perseguir tus bienes como quiera. Generalmente se lanzan a por las cuentas bancarias y los salarios. La Ley deja la vivienda habitual para el caso extremo que no tengas ningún otro bien sobre el que el deudor pueda cobrarse. Ten en cuenta que según la cuantía de la deuda, el Juez no va a permitir que te embarguen y subasten la vivienda habitual de tu amigo por 3000 ó 4000 euros. Es decir la deuda tiene que ser elevada para que se pueda despojar a alguien de su casa. Aunque legalmente es posible hacerlo por cualquier cantidad si solamente tiene ese bien para que los acreedores puedan cobrar sus deudas. Que no haga ni caso a esa carta, pero que busque la manera de negociar con la financiera el pago de la deuda, ten en cuenta que ellos tampoco quieren ir al Juzgado, porque les cuesta los Abogados y si solo tiene el piso, es posible que el Juzgado no acepte arrebatarle la casa. De todas maneras que intente renegociar el pago, bien con otros plazos, o pidiendo otro préstamo, pero que se le vea voluntad de pagar y solucionar el tema. Porque a las Financieras y Bancos lo que les joroba es que `pasen de ellos, pero suelen aceptar otras modalidades de pago. El caso es cobrar.
Según el abogado de la financiera, le han embargado el coche, el sueldo y la casa, ¿con todo esto pueden sacarle a subasta la casa?.
Te he contestado en la respuesta anterior. Dije que la vivienda habitual queda la última par subastar, en el caso extremo de que no tengas ningún otro bien. Si como tú dices le han embargado un coche y el sueldo, es imposible que le embarguen la casa, aunque con el valor de los bienes embargados no cubran la totalidad de la deuda. Creo que es un farol del Abogado de la financiera, es más, que acuda al Juzgado y allí le informan. Si ha pasado esto tal como dices, el embargo sería nulo, porque la vivienda se embarga solamente si no hay otros bienes. Te agradecería que puntuaras la respuesta, si necesitas más información fórmula una nueva pregunta directamente a mi.

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