Acceso a garaje por ascensor

En todo caso, si usted participa de una propiedad en ese edificio, y contribuye a los gastos de comunidad de propietarios, y tiene todas las escrituras en regla, no hay nada que le impida utilizar el ascensor de la misma forma que los propietarios de los pisos, siempre que la plaza de garaje se pueda vender por separado de la vivienda, porque si no fuera así, quien tiene el derecho a utilizar servicios restringidos sería el propietario de la vivienda que segregó la plaza; pero si puede venderser por separado, usted cuenta con todas las obligaciones y los derechos que el resto de propietarios. Si fuera minusválido estaría en igual posición que si no lo fuera, esa discapacidad no otorga ningún derecho añadido para este caso, sí para otros, como por ejemplo adaptaciones para la minusvalía de que se trate, pero para adecuar la vivienda, no la plaza de garaje. Saludos, y no olvides puntuar la respuesta.

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Insisto que si usted contribuye como un propietario más, y el ascensor es comunitario, no puede ser de otra manera, tiene derecho a utilizarlo. Planteelo en una Junta de Propietario, y amenace con demandarles y que tendrán que pagarle las costas. Es una prohibición absurda, menudos vecinos que tienes que tener... Si existe un ascensor para acceder al garaje, y lo pueden utilizar los vecinos, usted lo es tanto como el que más. La única restricción sería si fuera exclusivamente para minusválidos, pero si solo lo quieren tener para los vecinos de los pisos, eso no puede ser. No tengo ni idea de jurisprudencia, localizarla lleva trabajo y tiempo, no puedo darte ninguna cita, eso con tiempo en una biblioteca lo encuentras. Saludos, y no olvides puntuar la respuesta.

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