Comunidad garajes

Te expongo el tema con varias preguntas:
Soy propietaria de 2 plazas de garajes juntas en un edificio nuevo entregado en marzo o abril de este año. No soy propietaria de piso. En julio se hizo la 1ª reunión donde se acordaban los gastos a pagar de comunidad y el constructor ya había contratado a una administradora de fincas (sin consultar a nadie). En esa reunión dijeron que se hacía una comunidad común de pisos y garajes y se paga según porcentaje de lo que tengas. El caso es que yo para ir al garaje no uso el ascensor ni entro al edificio para nada y tengo que pagarlo, el edificio consta de 2 sótanos de garajes y en uno de ellos pusieron un vado y en la puerta del que me corresponde a mi no tiene vado y tengo que pagar el vado del otro. Preguntas:
- ¿Me pueden denunciar por aparcar 3 coches en mis 2 plazas si cogen?
- ¿Tengo qué pagar los gastos de ascensor?
_ Tengo que pagar gastos de un vado que no es el de mi garaje?

2 Respuestas

Respuesta
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Intentaré ser concreta;
1-. Son las escrituras quienes te responderán; en ellas te hacen una descripción de la parcela y ademas unas normas de comunidad o unos estatutos donde te dicen si puedes mater un vehículo o más. Si no dice nada entiendo que es parcela sencilla pero no quita, si se da este caso, que en junta de propietarios se decida dar carácter de "parcelas dobles" a determinadas por sus características, lo que conllevará el doble también de gastos. Esta es una fórmula "casera", entiéndame lo que quiero decir; realmente habría que modificar escrituras con sus cuotas de participación y demás e inscribirlas para que tuvieran validez jurídica (que no legal pues la comunidad de propietarios le puede otrogar la validez legal).
2-. Con respecto a los gastos de ascensor, le pongo varios supuestos para que ud. vea cual se le ajusta:
- Su acceso, lo use o no, es por el portal, al margen de otro acceso por la puerta del garaje, luego debe contribuir a los gastos derivados del portal en su porcentaje, (incluido ascensor si le lleva hasta el garaje, claro), pero no en todos; en este caso, la administradora debiera utilizar en la contabilidad varios capítulos: gastos propios de viviendas y/o gastos propios de portal, ejemplo, antena de tv, portero automático, desglose de limpieza para escaleras y para portal, recogida de basuras, etc.
- Su acceso es exclusivo por NO portal; es decir, tiene sólo paso por, por ejemplo, una puerta peatonal junto al portón de los coches. Entonces no debe contribuir a ningún gasto exclusivo del portal sino a los propios del garaje y de la finca como tal, es decir, administración, sseguro, mantenimientos varios como tejado, saneamientos, etc. Es perfectamente compatible que aunque ud. no contribuya a ciertos gastos haya una sola comunidad; la administradora procederá de igual manera que le he comentado antes, con diferentes capítulos de gastos en los que su porcentaje solo se aplicará a los que le corresponden.
Si su caso fuera otro supuesto no comprendico aquí, hágamelo saber e intentaré aclararlo.
3.- Con respecto al vado, más de lo mismo; si es una comunidad única los dos sótanos o están unidos a un portal como es el caso, se contribuye en función del porcentaje. Entiendo que su salida es a una zona privada que no precisa de vado, ¿no? Bueno, pues si esto es así, el otro sótano deberá contribuir de igual manera al mantenimiento de esa zona privada donde se ubica su salida.
De todas las maneras, le recomiendo que lea nuevamente las escrituras por si menciona algo referente a estos temas, que aveces los aclaran.
Muchas gracias, por su respuesta. Todavía ni tenemos las escrituras así que las leeré con atención y según lo que lea le volveré a preguntar.
Respuesta
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En primer lugar tienes que ver las escrituras de la finca o la normativa sobre garajes de tu localidad por si dicen algo al respecto sobre las plazas de garaje, tienes que tener en cuenta que el seguro de la comunidad en caso de siniestro solo cubre un vehículo.
En segundo lugar decirte que no, si tienes acceso peatonal para acceder a las plazas de garaje no tienes que pagar gastos de ascensor, tu solo tienes que pagar por tu coeficiente y por los servicios que utilizas y con esto te respondo la tercera pregunta.

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