Gastos de ascensores a las plazas de garaje.

Tengo una plaza de garaje en un edificio, cuya distribución es la siguiente: 32 apartamentos en bajo y tres alturas, y 38 plazas de garaje en bajo, y dos sótanos.
En los estatutos de la comunidad de propietarios del edificio figura que los gastos por los dos ascensores que tiene se pagarán a partes iguales entre los pisos y las plazas de garaje quedando exentos los apartamentos del bajo y las plazas de garaje que están a nivel de calle.
Como tengo la plaza de garaje en el sótano primero quieren que pague la parte que me corresponde de los gastos de los ascensores (mantenimiento y reparaciones).
Yo no vivo en ese edificio, y no uso el ascensor.
No tengo llave del portal, por lo que cuando voy a buscar el coche no puedo usar el ascensor, y tengo que bajar andando, aunque cuando es al contrario si podría salir hasta la escalera y usarlo, pero ya te digo que por ahora no lo hago.
¿Es correcto que me hagan pagar los gastos del ascensor?

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Respuesta
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Los estatutos determinan las obligaciones de los propietarios. Por ello a usted le corresponde pagar.
Exija una llave del portal y utilice el ascensor en las dos direcciones.
El no usar el ascensor no le exime de su pago.
Si precisara alguna aclaración nol dude en consultar de nuevo.

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