Indemnización

Hola, soy estudiante de 1º de dcho.Tengo que hacer una practica para derecho civil que trata sobre los derechos del concebido y no nacido.
El caso es que, dos personas se casan.La mujer queda embarazada, pero el hombre muere en un accidente de trafico.El bebe nace 4 meses después de la muerte del hombre y no tienen más hijos.Los padres del fallecido
están vivos.La compañía aseguradora del automóvil causante del accidente da a la esposa del fallecido una indemnización. Ademas el fallecido tenia contratado un seguro de vida que designaba como beneficiarios a los herederos.Mi pregunta es si el concebido tendrá algún derecho sobre la indemnización o sobre la suma del seguro de vida.

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Respuesta
1
No se de que país escribes, pero te respnderé en base a la legislación española.
El art. 29 del código civil español dice: "El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo siguiente.
Y el :
Artículo 30
Para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno.
De ello se deduce que si el concebido nace a posterior deberá de tener derechos de succesion sobre lo dejado por el padre, así como de las correspondientes indemnizaciones que surjieran, eso si, siempre y cuando nazca y se desarrolle su personalidad jurídica.
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