Finca Rústica: catastro o nota simple?
Estoy detrás de comprar una parcela rústica en Fortuna
(Murcia). He llamado al ayuntamiento del pueblo, a la oficina técnica, y según
ellos, la finca esta expropiada para la Confederación del Segura, quedándose en
unos 500 metros cuadrados (así sal cuando he metido la referencia catastral en
la sede electrónica del catastro). Sin embargo, el propietario ha sacado nota
simple posterior a que yo solicitara información al ayuntamiento, y no sale
nada de eso y que la finca tiene casi 1000 metros cuadrados. Yo he medido la
finca y tiene lo que dice el propietario. ¿Con qué información debo quedarme?
¿Cuál es la real, la nota simple o el catastro? ¿Pueden expropiar y cortar la
tierra después o ya tendría que estar hecho?
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Respuesta de Abogados Edo
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