Pago de costas

Buenas tardes:

He perdido el juicio por una propiedad y me han condenado al pago de las costas. Mi abogado me comunicó la sentencia en septiembre de 2011 y le pagué a él y a la procuradora sus honorarios. Le pregunté que si tenía que ir yo a pagarle a la abogada contraria o si ella se pondría en contacto conmigo, y me contestó que según sus normas de funcionamiento la abogada de la parte contraria debe dirigirse al mío para cobrar. No he tenido más noticias del abogado, y me extraña. Temo que con el tiempo me reclamen la cantidad con intereses por no haberme enterado. ¿Es normal que tarden tanto en cobrar? ¿Qué plazo hay para que puedan hacerlo?

Muchas gracias.

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No le podrán facturar intereses de demora porque usted no ha incurrido en ella, sino que la misma empezaría a contar desde el momento en que se le reclame la minuta a través del juzgado dando traslado a su Abogado, como le han indicado. Probablemente la minuta esté presentada, pero el juzgado piense que tiene muchos asuntos pendientes.

Ruego cierre y valore

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