Ley de contratación

Gracias anticipadas, me dirijo a usted para informarme de este asunto:

Ha salido en un ayuntamiento el arriendo de un bar, sus normas de puntuación no se si son correctas o no, en unos de los apartados se puntúa al máximo la permanencia de quien ha tenido ese arrendamiento con anterioridad. Pregunto:

¿que ley hay para la contratación de un bar municipal?

¿ Que ley o que norma existe para los criterios que se establezcan para su puntuación y posteriormente la adjudicación?

En espera se sus noticias le saluda atentamente

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1

No existe ninguna norma que regule la contratación de un bar municipal. Los baremos y puntuaciones aplicables están recogidas en la propia convocatoria anunciada.

La norma que comprende cualquier actividad de las Administraciones Públicas, está recogida en en Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, donde se regulan los aspectos referentes a la celebración de contratos con la administración pública, aspectos que hasta el momento venían siendo regulados por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, derogada por este texto.

Le aconsejo ponga el asunto en manos de un Abogado que es quien entiende de los términos legales utilizados en dichos contratos.

Ruego cierre y valore

Mucha gracias, seguiré tus instrucciones, pero si me permites una pregunta mas, según me informas los baremos y puntuaciones aplicables están recogidas en la propia convocatoria anunciada, quiere decir que esas normas las pone ¿el secretario o el alcalde o se aprueba en pleno en conjunto de todo el equipo de concejales?.

Te saluda atentamente

Perdona pero se me ha olvidado, me gustaría saber siempre que se pueda saber que es la ley 33/2003 pues en dicha convocatoria hace referencia a esta ley. ¿Tiene algo que ver ? o esta ley esta ya anticuada.

Te saluda atentamente

Las bases normalmente las redacta el Secretario del Ayuntamiento en cuestión, que suele ser licenciado en Derecho.

Respecto a la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, es la del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Ruego cierre y valore

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