Ayuda dependencia y tutela judicial

Mi hermano de 51 años esta en una residencia. Estoy pendiente de su tutela pues estamos en un proceso de incapacitación pues así nos lo han recomendado ya que tiene problemas neurológicos.
Se que tendré que justificar frente a un juez los gastos de su pensión y demás todos lo años.
Tendría que justificar también si nos concenden una ayuda no contributiva de dependencia de la Comunidad de Madrid, o por el contrario solo nos pedirán cuentas de la pensión de la seguridad social?
Se sabe que cuantía se permte de margen sin justificar, para los gastos de la vida cotidiana?
gracias.

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Si como colofón del procedimiento judicial del expediente de jurisdicción voluntaria que se instruye, el Juez declara incapaz a su hermano al amparo de los arts. 199 y 200 del Código Civil, usted es nombrada tutora del mismo, y como tal queda obligada a rendir cuentas en el plazo y período que el juzgador fije, sobre todo el todo el capital que posea el incapaz así como el destino de todas las rentas y pensiones que perciba, sean o no contributivas, porque dicha consideración es a efectos fiscales y la cuenta judicial lo es a efectos legales.
Ruego cierre y valore

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