Privacidad de documento

Hola

Hace ya 20 años se compró una propiedad rustica mediante documento de compraventa privado

la parte vendedora ya ha fallecido

Hay algún problema para escriturar la propiedad?

Como debe hacerse?

Muchas gracias

1 Respuesta

Respuesta
1

¿En qué comunidad autónoma está la propiedad?

Hola

Está en Andalucía

Tiene que elevar el contrato privado a escritura pública. En el código civil (artículo 1257), se estipula que "Los contratos sólo producen efecto entre las partes que los otorgan y sus herederos"

Póngase en contacto con los herederos de la persona que falleció (el vendedor) para que el día y hora que el Notario le indique, vayan a su despacho para otorgar la escritura pública.

Previamente vaya usted al Notario con su contrato privado y solicite la elevación del mismo a escritura pública.

Si necesita alguna otra aclaración no dude en pedírmela, si no necesita más aclaraciones, recuerde cerrar la pregunta.

El documento privado del que le hago referencia es una hoja (no oficial) en el que se especifica la propiedad así como la parte vendedora y compradora, y al pie está firmada por las partes.

Lo debo de llevar al notario de la comunidad que pertenece la finca o a cualquier notario?

Gracias

Saludos

Puede llevarlo a cualquier notario.

Si necesita alguna otra aclaración no dude en pedírmela, si no necesita más aclaraciones, recuerde cerrar la pregunta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas