Alzamiento de bienes, acuerdo previo?

Buenos días, tengo interpuesta demanda por lo penal por alzamiento de bienes, el próximo día 20 del presente mes se ha de efectuar el juicio.
A fecha de ayer el abogado de la parte demandada solicita llegar a un acuerdo.
Quisiera saber que es lo mas conveniente, y que garantía tengo de cobrar en caso que se llegue a realizar el acuerdo.
Agradecida de antemano, Alicia

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Si el acuerdo económico que le ofrecen le compensa, aunque no sea la totalidad de la deuda, mi consejo es que acepte el trato. Si es la totalidad de la deuda (más intereses) no se lo piense. Acepte.

A usted lo que le interesa principalmente es cobrar. Si al final al denunciado le condenan y resulta ser insolvente, usted no cobrará nada, al menos de momento. De nada le sirve que el deudor ingrese en prisión, si se diera el caso, si no le paga lo que le debe.

La garantía de cobrar está en que le den el dinero antes del día del juicio, no acepte ni promesas de pago ni otra cosa que no sea el dinero y en efectivo metálico.

Si llegan a ese acuerdo, por escrito antes del juicio o en el mismo día del juicio, usted retira la denuncia y se aparta del asunto, manifestando que ha cobrado a su satisfacción. Lo que ocurra después entre el fiscal (que también es acusación) y el denunciado ya no será cosa suya.

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