Subasta de vivienda

Hola y gracias por su tiempo,le explico mi caso que es bastante complejo.

Por problemas en una S.L de la que soy socio el administrador dejo de pagar el préstamo ICO que Caja España nos había concedido para hacer la nave ,maquinaria y demás ,a consecuencia del impago tenemos una ejecución de títulos no judiciales ya con fecha de subasta de los bienes ,entre ellos el piso de mi propiedad con una hipoteca con Caja España .

El año pasado y asesorados por un abogado dejamos de pagar la hipoteca,ya que nos dijo que el banco nos iba a quitar el piso y que era absurdo pagar la hipoteca ,hace tres meses no llego una ejecución de títulos no judiciales para reclamar el pago de la hipoteca .

Mi duda viene ahora pues el otro día hablando con el abogado del banco nos dijo que aunque el piso nos lo quitan en la subasta de la empresa el otro proceso seguía adelante pues la deuda no se quitaba,¿como es posible si el piso se subasta por 6,000 euros y las cargas(54.000 de hipoteca) que la hipoteca me la sigan reclamando?.

No entiendo nada y a pesar de decirle al abogado un montón de veces que no lo entendía el me contestaba que el banco se condonaba la deuda ,pues era con el mismo y yo seguía debiendo el dinero y sin piso.

Espero que usted me aclare esta situación pues me parece todo increíble .

De nuevo gracias

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No entiendo bien la exposición, por un lado parece que sacan a subasta su vivienda por un aval a la SL supongo y por otro tiene un proceso de ejecución hipotecaria contra esa vivienda ¿Cuál es la pregunta?

mi pregunta es que si después de sacar a subasta la casa por la deuda de la sociedad aun me pueden reclamar el pago del préstamo hipotecario,teniendo en cuenta que la vivienda esta tasada en 64.500 y la sacan por 6.000 que es el saldo después de liquidar cargas (la única carga es la hipoteca) ,si se descuenta la carga de la hipoteca del valor ,se entiende que esa hipoteca tienen que desaparecer,pero el abogado me dice que no ,y eso es lo que no entiendo .

Dice vd: La sacan a subasta por 6.000 después de liquidar cargas.

Pregunto: ¿Quién liquida esas cargas?

Puesto que si efectivamente el préstamo con garantía hipotecaria se liquida luego no se lo pueden reclamar porque ya no existe.

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