Pensión alimenticia

¿Hola DIXEN_EUtengo una duda que te agradecería si pudieras solucionar cuando debe iniciarse el pago de la pensión alimenticia a los hijos?, tengo entendido que se debe iniciar el pago desde el momento en que la sentencia de divorcio es firme y esta es notificada al cónyuge, desconozco si es desde el momento en que se hace efectiva la notificación judicial o bien si el pago de la pensión alimentacia debe realizarse con carácter retroactivo desde la fecha concreta que aparece en el propio documento en el que se refleja la sentencia de divorcio mencionada. Espero tu contestación . Gracias por tu atención y tu tiempo un saludo.

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Necesito saber para no darle una respuesta errónea lo siguiente:
Si el divorcio fue de mutuo acuerdo o contencioso.
Si hay hijos menores o incapacitados.
Si aprobaron o no el convenio regulador

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