Compra vivienda. Financiación
Hola,
Mi novia y yo vamos a comprar un piso nuevo. El constructor nos ofrece la posibilidad de financiárnoslo él directamente, en lugar de hacerlo con el banco. Es decir, nos ofrece la posibilidad de hacer un pago inicial, y el resto pagárselo a 30 años. Se trataría de un préstamo hipotecario, formalizado en escritura pública, pero con la peculiaridad de que nuestra deuda sería con él (con su empresa) en lugar de ser con una entidad financiera o de crédito.
Mis preguntas son:
1.La amortización de esta deuda ¿da derecho a la deducción por adquisición de vivienda habitual en la declaración de IRPF?
2.Si en el futuro la empresa constructora se extingue o quiebra, ¿qué pasa con la deuda que tenemos con ella? ¿Es posible que sus acreedores embarguen nuestra vivienda?
3.¿Puede él transmitir esa deuda a otra persona o entidad? Si puede, ¿podría ese nuevo acreedor cambiar las condiciones del préstamo?
Muchas gracias