Escriturar apartamento a mi nombre.

Hola, he terminado de pagar la hipoteca de un apartamento hace aproximadamente unos seis años y no aún no lo he pasado a escriturado pública, con lo que imagino que seguirá estando a nombre de la promotora o el banco a través del cual pagué la hipoteca.

Entonces, ahí van mis dudas:

1. Tengo entendido que hay una cantidad de años por la que si esperas no tienes que pagar la escritura y te ahorras mucho dinero ( creo que son 10 o 15 años). No se si son desde que terminas de pagarlo o desde que lo compras.

2. Se puede alquilar sin escriturarlo?

3. En fin, ¿que ventajas conlleva escriturarlo y que desventajas tiene?

Muchas gracias por adelantado!

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Resulta un poco chocante su pregunta si ha pagado un préstamo hipotecario ese apartamento tiene que estar escriturado a su nombre puesto que si no, es imposible constituir una hipoteca.

Mas bien parece referirse vd a la cancelación de esa hipoteca, que le va a costar lo mismo ahora que dentro de cuatro años, quizá entonces le cueste mas si suben los aranceles notariales y registrales.

Le sugiero que lea atentamente los documentos que tiene y si necesita mas aclaración en este enlace puede contactar conmigo

Buenas, me refería a la escritura de cancelación o carta de pago. Es decir, al levantamiento de la Hipoteca. Efectivamente si suben los aranceles notariales o registrales será más costoso el trámite. De todas formas no es un trámite obligatorio y solamente es necesario en caso de venta de inmueble y muy oportuno para petición de préstamos o créditos. Transcurridos 20 años desde el final teórico de la hipoteca se puede cancelar de oficio simplemente pagando el gasto registral.

Gracias, un saludo.

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