Poder notarial para representación

Voy a firmar un contrato con una asesoría online para que me lleve el tema de impuestos y contabilidad. El problema es que supongo que deberé legitimarlos de alguna forma para la presentación de los documentos así que me surgen las siguientes dudas:
- ¿Puede ser un poder privado o tengo que ir al notario?
- Si tengo que firmar el poder en el notario supongo que deberán estar presentes ambas partes. ¿Cómo podría hacerlo si la gestoría tiene su sede en Madrid? ¿Hay alguna otra alternativa?

Respuesta
1

Para tratar con organismos públicos como la Agencia Tributaria deberá tener un poder de representación notarial.

Para otorgar este tipo de poderes no hace falta que ellos estén presentes, sino únicamente usted, que es la persona que da los poderes. Lo que necesitará es la información correcta de la asesoría, denominación, CIF, dirección, administradores, etc.

Saludos!

conoiure.blogspot.com

6 respuestas más de otros expertos

Respuesta
1

Normalmente para estos casos, lo que se firma es una autorización para la representación ante Hacienda en documento privado, y no un poder notarial. En el caso de que fuese un poder notarial, no es necesario que apoderado comparezca, solo lo ha de hacer el poderdante, el que otorga el poder( es decir usted)

Respuesta
1

EN principio y para ese tipo de gestiones bastaría un poder o autorización privado.

En caso de necesitar formalizar un poder ante notario, podría acudir al notario mas cercano de su localidad a hacerlo y remitírselo posteriormente vía postal. No es necesario que estén ellos en el notario.

Reciba un saludo.
Ruego cierre la pregunta valorando la respuesta.

Respuesta
1

- ¿Puede ser un poder privado o tengo que ir al notario?. Dependerá de qué tramitaciones haya de realizar la gestoría, y en todo caso, del tipo de apoderamiento que le digan que necesitan. Para trámites administrativos como los que comenta, basta una autorización con fotocopia de su NIF

- Si tengo que firmar el poder en el notario supongo que deberán estar presentes ambas partes.

No. Para firmar un poder basta que vaya a un notario Ud. y designe en el poder a las personas a las que apodera, y los asuntos para los que les apodera.

Ruego FINALIZAR, gracias.
Jaime López Collado Abogado Barcelona. Avda Diagonal 469 [email protected] www.lopezcollado.es

Respuesta
1

Pues mira no tiene que ser ante notario con un simple contrato privado firmado por ambas partes ya bastaría y no tendrías problemas, lo único que te puede generar algún problema es en lo relativo a la presentación de cuentas y libros que a veces genera algún problema pero en principio no te debes preocupar, con el simple contrato privado entre ambas partes ya bastaría y si eres autónoma mucho más fácil ya que tus impuestos no generan ningún tipo de trabajo y se pueden presentar de una forma muy fácil y sencilla.

Respuesta
1

Según entiendo de tu pregunta quieres autorizar la gestoría para que presenten impuestos y hagan gestiones en la seguridad social telemáticamente en tu nombre.

Los tramites dependen del certificado del que dispone la gestoría que vas a contratar y como trabajan. Si disponen de certificado de terceros en la AEAT, basta con que les firmes una autorización tipo que se puede descargar de la página de Hacienda.

Nosotros, por ejemplo, para dar mayor garantía a nuestros clientes, lo que hacemos es que nos autoricen en la AEAT para representarles durante determinado periodo de tiempo. Para ello se firma una solicitud tipo que se descarga de la web de la AEAT, la firma el titular de la actividad (en el caso de personas físicas) y el administrador/es en el caso de personas jurídicas, la lleva a la AEAT en persona presentando la escritura de sus poderes y el DNI. De esta forma queda claro durante cuanto tiempo y para que operaciones esta autorizada a actuar la gestoría.

En la seguridad social el tramite también en presencial, para que se asocie la cuenta de cotización del cliente con la autorización de la gestoría.

Si quieres contactar con nosotros puedes hacerlo a través del correo electrónico - [email protected] o a través de nuestra página en facebook - www.facebook.com/directconsult.es .

Consúltenos, seguro que te mejoramos la oferta.

Por favor, evalúa la respuesta y finaliza la pregunta

Respuesta
1

Para trámites administrativos como presentación de impuestos basta con un documento privado entre las partes.

Un saludo!

Consultas gratuitas:

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas