Que pasa con una parte de un piso, si el heredero renuncia a ella.
Paso a exponer mi caso.
Mi mujer es propietaria del 50% de un piso, el propietario del 50% restante ha fallecido recientemente y ha dejado como heredero a su primo (no tenía hijos, ni padres, ni esposa), el cual debido a los altos costes de hacerse cargo de esta herencia, está pensando el renunciar a ella.
Mi pregunta es que ocurriría en este caso, ¿ese 50% a quién pasaría?, por lo que me ha comentado esta persona pasaría a la Comunidad de Madrid, y si es así que pasaría con el piso, ¿cómo se podría vender? ¿Quién se haría cargo del ibi y comunidad?
Respuesta de HYN ABOGADOS
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