Como perjudicado le citarán del Juzgado para que ratifique su denuncia y acuda al médico forense para la valoración de las lesiones y posibles secuelas. Usted no tiene la obligación de acudir con abogado ni procurador. Si el procedimiento se sigue tramitando como falta de lesiones podrá usted ejercer la acusación sin necesidad de abogado; si por el tipo de lesiones se tramita como delito y desea ejercer la acusación particular si que precisará de abogado y procurador. En cualquiera de los dos casos usted podrá únicamente comparecer como perjudicado, ejerciendo siempre la acusación el Ministerio Fiscal. En el caso que desee comparecer como acusación particular y el procedimiento se tramite como delito, en caso de ganar usted el juicio, lo lógico es que al condenado le impongan también las costas (incluyen los honorarios de su abogado y procurador).
En todo caso y aunque le pueda parecer que mi recomendación lo es en beneficio de mi profesión, yo siempre le aconsejaré que comparezca asistido de un abogado.