Tengo una duda sobre mi parcela

Hola buenos días

Me llamo Pepe soy de un pueblo de Badajoz. Tengo una duda sobre una parcela rústica que tengo de 1000m la cual linda con otra parcela rustica de 4000m de un vecino. Mi parcela es la que tiene salida directa a vía pública (carretera). El caso es que mi vecino y yo queremos hacer un arreglo para que las dos parcelas tengan salida directa a la vía pública, de tal forma que cada una de ellas siga manteniendo sus mismos metros cuadrados. Creo que no es segregación ya que no segregamos o dividimos ninguna de las dos parcelas sino que es una nueva ordenación de los límites de las parcelas. Al final pretendemos mantener los mismos metros cuadrados y que las dos parcelas tengan salida a la vía publica. ¿Esto es legal?, si lo hacemos, ¿podemos escriturar la nueva estructuración de las parcelas en el registro de la propiedad? Adjunto le envío una imagen en la que puede apreciar mejor lo comentado. De antemano Muchas gracias por su respuesta.

IMAGEN: https://docs.google.com/open?id=0B4G0EhpgEJm-S1dNbkl5akI0b28

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RESPUESTA

www.lopezcollado.es

¿Esto es legal?. Primero deberán obtener una licencia municipal para el cambio de configuración de las parcelas, que les tendrán que dar si está contemplado en el plan urbanístico de la zona.

En caso de así obtenerlo, ese cambio supondrá

- Una transmisión mediante permuta de los respectivos metros que se adjudiquen de las nuevas parcelas así configuradas

- Con la licencia municipal, podrán inmatricular las nuevas fincas con su nueva configuración en el Registro de la Propiedad.


Si considera resuelta su consulta, ruego FINALIZAR Y VALORAR la respuesta.

Gracias por contestarme, pero tengo una duda. Las dos parcelas son rústicas, están en el campo (zona no urbana) y creo que mi ayuntamiento no tiene ningún plan urbanístico que afecte a esa zona. Estoy hablando de una pequeña localidad al sur de Extremadura.

En el caso de que no hubiese ningún plan urbanístico ¿cuales serían los pasos a seguir)

Un saludo

No tiene nada que ver; los terrenos rústicos tienen su ordenación (mínimo de superficie, etc); tiene que ir al Ayuntamiento a informarse sobre la viabilidad (eso si quiere inscribir en el Registro);

Hola, el terreno mínimo para poder segregar en Extremadura es de 1.5Has, pero mi duda va más el la línea de saber si el cambio de configuración de parcelas es lo mismo que la segregación de parcelas.

Muchas gracias.

Segregar es separar una finca pequeña de otra más grande. En su caso no hay segregación, por que las dos fincas son independientes. Si Ud tiene 1 finca de 3 Has, podría segregar una de 1,5 y le quedarían así dos de 1,5 Has.


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