Como supongo por donde va su pregunta, le aclaro.
Efectivamente a los cinco años, le tienen que sacar del RAÍ-ASNEF-EQUIFAX etc, lo que no significa en ningún caso que la deuda por la que usted fue incluido prescriba que ésta lo será a los quince años, conforme establece el art. 1966 del Código Civil, pero si el acreedor vuelve a reclamarle antes del vencimiento de esos cinco años, vuelve a computarse de nuevo el tiempo, y por consiguiente, seguirá incluido en dicho registro.
Le recuerdo que hay empresas que se dedican exclusivamente a reclamar impagados, por cierto muy desagradables tanto en el trato como en la forma. El consentirlo o no eso depende de cada persona.
Cuente que antes de la prescripción, le harán una nueva reclamación.
Ruego cierre y valore