A que penalizaciones me enfrento si no cumplo con la duración del contrato del local

En relación con la pregunta que le hice hace unas horas, ¿qué tipo de penalización hay si incumplo con la duración de un contrato de un local comercial?
Es decir, tengo un contrato que finaliza en 2017, pero por motivos de incompatibilidad con el dueño, quiero marcharme antes.
En el contrato, no hay ninguna clausula en particular que ponga tiempos o sanciones.
En el caso de que no llegue a un acuerdo con el propietario, ¿cuáles son las sanciones o penalizaciones a la cual me enfrento?

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Lo primero es que se lea atentamente el contrato, pues entiendo el mismo, sera anual, con prorroga obligatoria hasta el 2017, pero hay que estar al texto en concreto del contrato. En principio, todo depende de que lleguen o no a un acuerdo, si llegan a un acuerdo, pueden pactar por ejemplo que el propietario haga suya la fianza como compensación, o el pago de un numero de meses. Si no, el propietario le podrá reclamar por los meses que queden pendientes de contrato o los que tarde en encontrar un nuevo inquilino. Deberia acudir con la documentación a un abogado que le negocie el fin del contrato con el propietario, mas si la relación entre ustedes no parece ser buena.

Muy clara y detallada su respuesta.
Mi ultimisima duda es la siguiente: encontré esta clausula en el contrato. Se la a escribo como así como esta puesta.
El presente contrato tendrá una duración de 5 años y un mes finalizando el 31 /12/2017
El arrendamiento se prorrogará de forma automática por plazos anuales si ninguna de las partes contratantes manifestare lo contrario con 3 meses de antelación a la fecha de vencimiento del contrato, en su caso, de la expiración de cada prorroga anual.
Este significa, que en el caso de que quiera dejar el local el 31 de diciembre, tendré que mandar una carta con 3 meses de antelación , es decir con fecha 1 de octubre?

y en este caso no me podría reclamar nada el dueño ?
Y si quisiera dejarlo a final de enero?
Ya no valdría esta clausula y el dueño me pediría todo el año por completo verdad?
Muchas gracias por la paciencia, le añadiré a mis expertos.
Un saludo y buenas tardes

Exacto, le debería avisar con esos tres meses, para evitar problemas, y en caso contrario, si le podrían reclamar al igual que si pretendiera dejarlo el 31 de enero.

Un saludo, agradecería valoración y cierre pregunta,

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