Precio cambiar escrituras de casa por modificación

Estamos intentando instalar el ascensor en nuestra comunidad de vecinos, y en las viviendas de un lateral, se va a modificar la pared introduciéndola 10 centímetros dentro de la casa, es decir, con el consentimiento de los vecinos para su instalación, y la compensación económica correspondiente.
Pero entiendo que el quitar alrededor de 40 cm cuadrados a una vivienda, suponga cambiar la escrituras de la casa, y me gustaría saber cuanto costaría aproximadamente y los pasos que tendríamos que hacer la comunidad, si ir a un notario y ya estaría o qué

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Para modificar las escrituras de ese vecino es preciso que haya un acuerdo del 100% de los restantes propietarios, es decir, de todos sin faltar ni uno. Después hay que ir a notaría (la concurrencia del presidente y el secretario certificando el acuerdo es suficiente) y modificar la escritura de obra nueva y división de la propiedad horizontal en los términos adaptados a la nueva realidad. Esa escritura hay que inscribirla, si bien solo se modificará la inscripción de las fincas que a su vez han tenido pérdida de cabida. Se trata de algo excepcional, que no vale la pena hacer en este caso porque les sale caro, es laborioso, y se refiere a una superficie perdida no porque se haya segregado para venderla, sino por la instalación de mobiliario común. Ello no significa que la baldosa de cabida que ha perdido ese vecino realmente "la pierda", porque un ascensor se pone y también se puede quitar, con lo que el vecino "recuperaría" esa superficie. Yo les sugiero que dejen las cosas como están. Simplemente con que conste el acuerdo del vecino y la recepción del dinero es suficiente. Y, si lo prefiere, hagan un documento de cesión de uso de 40 cms2 en favor de la comunidad.
y el vecino podría obligarnos al resto de vecinos a hacer la nueva escritura?
porque por ejemplo podría decir que al ser 40 metros cuadrados menos, tendría que pagar menos IBI.
me pongo en casos extremos pero es que el vecino es así, con tal de no poner el ascensor, hará lo que haga falta,aunque sea que nos cueste más
por tanto, aunque haga falta que todos voten a favor de una nueva escritura, si yo no quiero porque supone mas coste para la comunidad, el vecino podría obligarnos a hacerla?
gracias
Me había parecido en su anterior comunicación que la cabida perdida eran 40 cms, no 40 metros. Si es así (40 cms) entiendo que deben ustedes proceder del siguiente modo:
1º. Junta General (ordinaria o extraordinaria) en la que se acuerde la obra, el coste, la instalación del ascensor . El vecino afectado presta su conformidad al acuerdo, suscribiéndolo con su firma.
2º. Contrato otorgado por la comunidad por el cual se le paga una cantidad a tanto alzado al vecino en cuestión, por usar esa porción de su propiedad para el uso del ascensor. Incluso pueden ustedes otorgar este acuerdo ante notario, mediante la constitución de una servidumbre (que es inscribible).
El vecino no puede obligarle a usted a nada, y mucho menos a modificar el título constitutivo de la comunidad. Quizás ponga sus condiciones, pero no le puede obligar a aceptarlas. Aún así, no se preocupe: el vecino firmará a cambio del dinero. En todo caso, parece un poco raro que no esté previsto ese ascensor en las propias escrituras de división de la propiedad horizontal.
Ojo con el IBI: si se descuenta por un lado (40 cms no son suficientes para el descuento, salvo que suponga el paso a otro tramo) se cobra por otro, que es la parte que se ha quedado con la superficie. Lleguen a un acuerdo con el vecino afectado para prorratear esa pequeña superficie como gasto comunitario, es decir, que ustedes (y él, que también es la comunidad) le pagan lo que supongan 40 cms de IBI, una cantidad irrisoria.
La ley permite que haya descuadres en superficie, más tratándose de algo tan pequeño, puesto que una medición y un replanteo pueden variar en algo el inmueble real. Les recomiendo que no lo hagan, es decir, que no otorguen unas nuevas escrituras. Con un acuerdo por escrito tienen suficiente.
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