Modificar los porcentajes en los estatutos de comunidad de 4 portales

Soy
Una propietaria de un piso de una comunidad compuesta por 4 portales.
Nos vincula, la calefacción central, fachadas, tejados, patios. Dos de
ellos de 7 plantas con 3 puertas por planta, y otros dos portales con 5
plantas y 3 puertas en cada planta. Cada vivienda tiene distintos metros
cuadrados. En 3 portales, el constructor, realizó la proporcionalidad
según metros. Pero en otro de ellos, que es en el que yo vivo, el
constructor, para cuadrar los porcentajes,
nos puso a todos el mismo porcentaje, sin tener en cuenta que nuestra
casa, los del centro, es de menos metros cuadrados. Vengo siendo
perjudicada por ello, desde hace 30 años. Pagando más en todo. En una
ocasión, pregunté en la cámara de la propiedad y me dijeron, que para
cambiar los porcentajes de los estatutos, sería necesaria la mayoría. Evidentemente, no lo planteé en la comunidad, porque nadie va a quiere
apoyarme, salvo los otros 4 afectados como yo negativamente. Frente a
todos los demás que como consecuencia de ello, tendrían que pagar más, y
por ello, no van a apoyar. De ser aprobado, el porcentaje, sería para
gastos de comunidad mensual, y para arreglos,...
Mi pregunta es, si con un abogado, sería posible, realizar dicho
cambio. ¿Tendría qué haber un juicio? ¿Qué pasos debería dar? ¿Quién
pagaría las costas? ¿Precio de estos casos? O si no hay posibilidad de
modificarlo a pesar de poderse demostrar que los porcentajes están mal
realizados.

5 respuestas

Respuesta
1

Para poder modificar mediante la Junta de Propietarios esos estatutos es necesario la unanimidad no la mayoría al tratarse de modificar las reglas contenidas en el título constitutivo
Si no se obtiene ese acuerdo solo le queda acudir a la vía judicial con abogado justificando la inadecuación de esos porcentajes a la realidad
Las costas serían para quien perdiera el juicio, cada colegio de abogados tiene aprobados unos criterios orientadores que se aplican en caso de condena en costas, por lo que deberá ser el abogado a quien acuda quien deba concretarle a cuanto podrían subir esas costas

Respuesta
1

Seria viable, lo que tendrías que hacer cuentas de los costes económicas, de juicios, abogado procurador, costas, modificación de escrituras, inscripción en el registro de la propiedad.

Lo ideal seria iniciar este proceso cuando exista una obra de comunidad en el que económicamente sea te rentable.

Ruego cierre y valoración

¿

www.mbfincas.es?

¿El precio de todas esas cosas, serían pagadas por todos los vecinos o solo por mí?

Saludos.

Mª Sol

Como afecta a todos, por todos. Necesitaras unanimidad.

Ruego cierre y valoracion

Respuesta
1

Para cambiar la cuota necesita presentar una demanda judicial, así que necesita abogado y procurador. Pagaría las costas quien le desestimen completamente su pretensión. Los honorarios los establece el colegio de abogados que haya en la provincia en la que esté la comunidad.

Muchas gracias por su amabilidad.

¿Plantearías en una reunión general el tema a todos los vecinos, indicando que está mal el porcentaje? Ya lo comenté en la anterior, pero como si nada. ¿Y plantearía que es preciso modificarlos? Si dicen que si, nada más, aplicar bien los porcentajes. Si dicen que no, yo sola o junto con los otros 4 afectados, presentar una demanda judicial. Si nos dan la razón, las costas las pagarían todos los demás vecinos o entre toda la totalidad de vecinos incluidos nosotros?

Saludos.

Mª Sol

Usted podría proponer en la junta corregir el porcentaje. Las costas, si se condena en costas a la Comunidad, las tendrían que pagar los vecinos que están en contra de corregir el porcentaje.

Respuesta
1

El problema que tiene es que para modificar el titulo constitutivo (escritura de obra nueva y división horizontal) requiere unanimidad en virtud del art. 17.1 LPH ésto como bien dice es prácticamente imposible.

En juicio lo tiene difícil porque al comprar la casa, ésta escritura es pública por lo que puede conocer previamente a la compra este reparto de coeficientes y si no le interesa no comprarla pero podría intentarlo si el reparto como dice es justo, hable con un abogado pero le puede salir mucho mas caro el collar que el perro.

Otro problema añadido es que el cambio hay que registrarlo y para ello además de notario tiene que pagar los gastos registrales que van en función del valor de la comunidad de los cuatro portales ademas del impuesto de actos jurídico documentados y eso valdrá mucho dinero.

Hable con un abogado para que le facilite presupuesto y posibilidades reales de éxito en el juicio, solo se lo podrá decir analizando toda la documentación, me gustaría poder darle la solución que busca pero la realidad es bien distitnta.

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1

Para modificar el título constitución de la Comunidad de Propietarios, se exige la mayoría unánime de todos los comuneros.

No le aconsejo en ningún que plantee un recurso que ya le anticipo va a perder con el 100% de seguridad y le condenarán en costas procesales.

Ruego cierre y valore

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