La orden de busca y presentación la emite el juez cuando un imputado ha sido citado por el juzgado y no ha comparecido, tanto para el caso de que se desconozca su domicilio como para el caso de que conociéndose y habiendosele citado, éste no compareciera el día y hora que se señalaron.
La orden es remitida a las fuerzas de seguridad y éstas la introducen en su base de datos. Si por cualquier razón esta persona que está en situación de busca es identificada por la policía será detenida y puesta a disposición judicial para que pueda practicarse la diligencia que el juez ordenó en su día y cuya práctica no se llevó a cabo por estar el interesado en paradero desconocido o no haber comparecido a las citaciones que se practicaron.
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