¿Debo darme de alta de autónomo y contratar un seguro de responsabilidad civil?

Soy monitora de yoga y acabo de empezar a trabajar dando clases a un grupo pequeño. Son clases que doy por mi cuenta en un centro en el que he alquilado la sala. No consta en ningún sitio el caso de que yo tenga alquilado ese espacio, ya que el centro no me hizo factura, sino un recibo. Según he leído en vuestra web no es necesario que sea autónoma, aunque sí que emita factura. Ningún alumno me ha pedido que le de factura, así que no sé muy bien qué hacer porque no quiero cometer ilegalidad. Por otro lado, he pensado en hacerme un seguro de responsabilidad civil profesional. Quisiera saber si es obligatorio este seguro, y si es requisito imprescindible estar dado de alta como autónomo. Igualmente quisiera saber si hacienda o la seguridad social pueden detectar mi actividad si dispongo de este seguro. Me da miedo no estar dada de alta y que me sancionen por ello.

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No sé donde habrá leído que usted puede emitir facturas sin ser autónoma, pero o ha interpretado mal o quien lo afirmó, está en un error.

Cuando se emite un factura, es obligatorio que en la misma conste: número de la misma, nombre de la empresa, razón social, NIF, así como el IVA repercutido.

Si usted no es empresaria, dígame como va a emitir una factura sin esos datos y qué piensa hacer con el IVA repercutido, porque eso no se lo puede quedar, sino que hay que depositarlo en Hacienda.

Por otro lado, cualquier tipo de actividad que encierre un riesgo potencial por muy pequeño que usted crea que es -que seguramente no se ajustará a la realidad porque siempre tendemos a minimizarlo-, ha de tener la correspondiente cobertura. Imagine la situación, una de las personas que acude a las clases, tropieza en el local, cae y se golpea la zona ocular contra el quicio de una puerta y pierde la visión. Se ha buscado la ruina para toda su vida.

Además para ejercer una actividad económica, tiene usted que contar con el permiso de Hacienda para lo que tendrá que darse de alta como autónoma -consecuencia de lo que le he señalado anteriormente- y paralelamente ha de pedir una licencia administrativa al ayuntamiento de su localidad para que le concedan el correspondiente permiso, aunque usted se encuentre en un local que no sea de su propiedad o abone un alquiler.

No le aconsejo que haga experimentos con estas cosas, que luego vienen los problemas y las multas que suele imponer la Hacienda Pública, no son para andar jugando. Si lo quiere hacer, que sea con todos los papeles en regla.

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