Accidente doméstico con lesionado en la vía publica

Buenos días, paso a comentarle mi caso.
Estaba terminando de cenar en mi balcón de un 3er piso y al disponerme a limpiar una pequeña mesa de cristal este se salio, se rompió y se cayeron algunos trozos de cristal a la calle, cayéndole en la espalda un trozo a una chica de procedencia gitana produciéndole un corte.
Una vez retirados los demás trozos de cristal del balcón para que no continuaran cayendo, baje a la calle para prestar asistencia a la chica lesionada, la policía local ya se había presentado, les indique que había sido yo el causante de la lesión y les di mis datos para lo que correspondiera.
A la mañana siguiente el esposo de la chica se presento en la puerta de mi piso indicándome de que si le daba dinero no me denunciaría, yo le dije de que no le iba a dar dinero por algo que fue un accidente y que procediera según considerara oportuno.
A los pocos días fui a prestar declaración a la comisaria y este próximo miércoles 29 de Febrero tengo el juicio.
Mi consulta es la siguiente: ¿Que me puedo esperar del juicio? ¿Cuanto dinero considera Ud que me impondrán de multa?
Vale decir que a la chica unicamente le dieron 3 puntos de sutura por lo que la herida no fue muy grande y la chica no trabajaba.
Muchísimas gracias de antemano y espero con ansias su respuesta.

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Más que un juicio de faltas entiendo que la vía procedente de reclamación sería la civil, cabe la posibilidad por tanto que el juzgado dicte sentencia absolutoria y declare la procedencia de la vía civil

En la vía civil si se declararía su responsabilidad, pues el art 1910 del código civil señala: El cabeza de familia que habita una casa o parte de ella, es responsable de los daños causados por las cosas que se arrojaren o cayeren de la misma

En cuanto a la indemnización, si hay informe forense se estará a la valoración de las secuelas que haya apreciado, sin ese informe de forense o en su defecto un informe pericial no se puede concretar la cuantía de la indemnización

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