Me quiero casa pero tengo un embargo

Que pasa si me caso con una orden de embargo

2 Respuestas

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En principio, nada. El embargo seguirá respecto a usted pero no afectará a los bienes de su futura pareja. Creo que la pregunta iba por ahí...


Ruego cierre la pregunta valorando la respuesta.

gracias .y si la pregunta va por ahí : lo que quiero saber es si el dinero que tenemos y los demás bienes que ahora están a su nombre lógicamente.si el día que nos casemos pasaran a ser de los dos . y si lo que ganemos a partir de entonces nos lo podrán embargar .o tendríamos que hacer separación de bienes o algo así

Lo que está ahora a su nombre, lo seguirá estando despues de casados.

Lo que ganen de casados si que podrá ser embargado, si se casan en régimen de gananciales.

Para que no embarguen a los dos sus deudas, deberán hacer separación de bienes.

Respuesta
1

Debe indicarme a qué bienes afecta la orden de embargo, si tiene bienes comunes con su pareja (inmuebles, cuentas bancarias, etc)

hola y gracias te explico: hace tiempo fui imputado en un delito de contrabando el caso prescribió pero el abogado al cual le había pagado mi jefe en negro me pidió casi 11000 euros .total que al final como no le pague en el juicio me salio apagar o me embargarían . mean estado quitando un tanto por ciento de la nomina . ahora después de 15 años y una niña de 14 años me quiero casar por si pasa algo que mi mujer o yo tengamos los derechos de un matrimonio ... como es lógico no tengo nada ami nombre .mi pregunta si a ella también le embargarían el dinero que tenemos as u nombre su sueldo etc .otenemos que acer separación de bienes

A su mujer no le pueden embargar su dinero (el de ella) ni sus bienes (los de ella). Puede existir un problema meramente contingente cual sería que compartieran cuenta bancaria, y por ejemplo, hubieran ingresados 10.000 €; el embargo se dirigiría contra la mitad del saldo, por que se entiende que si la cuenta está a nombre de los, el dinero que haya en ella corresponde por mitad a cada uno. Si eso no fuera cierto (por ejemplo, que de esos 10.000 su mujer hubiera aportado 9.000, tendría que demostrarlo para levantar el embargo sobre 4.000 €, quedando embargados solamente los 1.000 que le pertenecen a Ud.

En cuanto a su situación de insolvencia (excepto el sueldo), pues ya debe saber que si quiere mantenerla no podrá tener nada a su nombre, aunque lo compre conjuntamente con su mujer. Sería conveniente optar por un régimen de separación de bienes si, por ejemplo su mujer ganara 5.000 y Ud. 1.000: la sociedad de gananciales significa que todo el dinero va a un "común", osea la sociedad de gananciales tendría 6.000, por lo que si embargan su parte de la sociedad de gananciales (el 50%), resultaría que le estarán reteniendo 3.000 € (6.000 por 50%)

Un cordial saludo
www.lopezcollado.es
Barcelona. Avda. Diagonal 469
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