Baja por maternidad

Gracias por adelantado.
Mi pregunta seria la siguiente:
Tengo a una chica que se ha dado de baja por maternidad, se va a coger las 16 semanas que le corresponden, pero yo soy nueva en todo esto y no se cual es el procedicimiento. Es decir, como le hago la nomina, que se paga a la seguridad social, me darán uno partes para grabar en la página de la seguridad social como las bajas normales... En fin necesitaría que me oriente un poco.
Por otro lado exite el 410 en sustitución de esta empleada, pero mi pregunta es, me obliga la ley a hacer uno de estos o no tengo porque sustituirla, ya que existen 2 chicas más para el mismo puesto. Tendré algún problema si se efecturan contratos en diferentes categorías, oficiales, aprendices...
Un saludo

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Voy a intentar ser lo más claro posible:
1) No le tienes que hacer ninguna nómina, le pagará la seguridad social directamente.
2) Tienes que seguir cotizando por ella en los seguros sociales, Su base de cotización será la del mes anterior a la baja.
3) No tienes porqué sustituirla, pero si la sustituyes tendrás bonificaciones a la seguridad social.
4) Si le haces un contrato para sustituirla debe ser con la misma categoría obligatoriamente.

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