Pagas extras y situación de IT

Seguramente te hayan preguntado ya por este tema pero sigo sin tenerlo claro.
Si un trabajador que en su nómina lleva prorrateadas mes ames las pagas extras y que se encuentra en situación de IT, si el convenio establece que hay que completar el 100% del salario establecido, eso incluye todos los conceptos salariales que el trabajador tenga en nómina, ¿incluida la prrorata de la paga extra?
Y en otro caso, si el trabajador cobra las pagas en Junio y Diciembre, y el convenio también establece completar el 100% del salario establecido, en este caso, a la hora de cobrar la pagas extras en Junio y Diciembre ¿le corresponde la paga completa o hay que descontar el tiempo que ha estado de baja por IT?

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Hay que mirar que establece el convenio en estos casos, es decir, en ausencia de regulación específica, el empresario puede descontar de las pagas extraordinarias los días de IT, ya que en la base de contingencias comunes o profesionales, ya está incluida la prorrata de estas extras, por lo que si posteriormente abona la extra íntegra, estaría pagando dos veces. Pero hay convenios que recogen que no se descontará nada de la extra por los días en situación de IT.
Es independiente para el cálculo de la base de IT si las extras están o no prorrateadas, se incorporan igualmente a la base y como es lógico, si están prorrateadas, deben incorporarse al complemento del 100%, si así lo establece el convenio.
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