Indemnización por muerte

Resulta que vivo en Asturias, y en mi empresa se ha muerto un trabajador en su casa, según su padre por suicidio, a la espera del certificado y demás papeles de defunción con día y hora exacta.

Yo tengo que hacerle los preparativos en cuanto a nómina se refiere, hoy le he pagado a su padre la cantidad que le correspondía por los 24 días trabajados, ¿pero mi duda es si tengo que pagarle la indemnización de 15 días por muerte natural o ya no se paga? Y si la muerte natural del seguro de vida obligatorio por convenio de panadería la deben de cobrar a parte del los 15 días o ya va incluido, ¿y si tiene que tramitar la empresa el seguro de vida o lo hace3 la seguridad social al presentar el certificado de defunción?

Estoy muy perdida en este tema y lo del suicidio me descoloca mas aún.

Por eso le rogaría me indicase como proceder

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Mal asunto es el que planteas, en lo referente al seguro debe ser la empresa la que notifique los datos a la aseguradora, pero el suicidio no esta cubierto(El seguro cubre accidente y muerte natural, no este caso concreto). Debes esperar que resolución se toma a respecto para actuar.

La empresa respecto al trabajador debe actuar realizando el finiquito(Como si se hubiera marchado a otra empresa de forma voluntaria).

Respecto a los 15 días ando un poco perdido, pues no lo he contrato en el ultimo convenio, pero me temo que al igual que el seguro, no cubrirá esta situación.

Mi consejo es que prepares el finiquito y esperes haber el resultado del juzgado, pues si se confirma causa voluntaria, las obligaciones de la empresa finalizaran con la liquidación.

Mucho animo y piensa en cosas bonitas.

Atentamente. AELICO1960

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