Modificación sustancial jornada de puesto trabajo

Le hemos presentado a un trabajador una carta de modificación de su jornada laboral basada en el artículo 47 del estatuto de trabajadores, fundamentada en causas económicas (y de producción. El trabajador. Ha firmado la carta pero ha puesto no conforme. Quería que me informarás como tengo que actuar ahora, porque la ley dice que tiene derecho a indemnización de 20 días de salario por no aceptar el cambio de jornada pero le tengo que volver a dar 15 días de preaviso y cuando le tengo que pagar la indemnización.

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Si afecta aun sólo trabajador la vía es la del artículo 41 y la del 47 que está planteada para modificaciones en plan colectivo como los ERE

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a41

El trabajador sólo tiene derecho a la indemnización de 20 días por año trabajado si rechaza el cambio y renuncia al puesto de trabajo, en caso contrario no tendrá derecho a esa indemnización, ahora el trabajador puede solicitar al juzgado que valore la justificación que tú has dado para esta modificación y el Juzgado de lo Social puede darle la razón a él y dejar el cambio sin efecto reintegrándolo a sus anteriores circunstancias o decir que el cambio está justificado con lo que el trabajador quedaría saldado con la indemnización.

La falta de preaviso no desvirtúa la modificación, en todo caso te hará indemnizar al trabajador con tantos días de salario como días de preaviso incumplido.

La indemnización la debes poner a su disposición en el momento en que te indique la opción el trabajador, aunque lo mismo, no desvirtúa la modificación, que será efectiva igualmente.

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