Dudas sobre el administrador único de una empresa

Estoy en trámites de constitución de una nueva empresa de lavado de coches con una socia, yo soy autónomo pero en otra actividad, y mi socia está en periodo de excedencia de una entidad bancaria, por cuidado de hijos. En la empresa tendremos uno o dos empleados, pero ninguna de nosotras va a trabajar físicamente en la actividad, sino sólo a controlar la empresa. Hemos oído que no es aconsejable que ambas seamos administradoras, ya que ella podría tener problemas con su excedencia si se da de alta en autónomos. Yo tendría que hacer un cambio de actividad, imagino, y ser entonces administradora única de la empresa.
Mis preguntas son dos:
1)¿Qué riesgos conlleva para mi personalmente el hecho de ser administradotra única sobre el papel aunque la sociedad es de las dos al 50%? (Es una empresa pequeña, ¿la estimación es facturar unos 30.000 euros al año?
2)En la actualidad estoy embarazada, el médico me ha aconsejado varias veces darme de baja por distintas circunstancias y precedentes de un embarazo anterior. Yo lo estoy posponiendo hasta que la sociedad esté en marcha, y mi socia está de acuerdo, no afectaría al funcionamiento de la sociedad ya que hay un empleado y una gestoría para lo strámites burocráticos, pero nos preocupa:¿Puede una sociedad funcionar legalmente aunque su administrador único esté de baja? ¿Y hay un límite de tiempo para esa baja? Porque entre el embarazo y los meses de maternidad estaríamos hablando de casi un año de baja.
En caso de ser un problema, ¿qué consecuencias acarrearía? (No sé si nos pueden multar, o cerrar la SL, o obligarme a devolver las cantidades recibidas por baja..), y también si no es legal, saber qué solución podemos tener con el menor gasto posible.

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La respuesta a su pregunta 1 - ser administrador de una sociedad no está exento de riesgos, en primer lugar es responsable único y directo de la buena marcha y la buena praxis del negocio, en caso de irregularidades de gestión o errores de bulto (no presentación de libros a final de ejercicio, etc...), impago de cuotas de la seguridad social, etc.., puede llegar a responder de las deudas con terceros y con la administración pública con su propio patrimonio personal, es decir, hay determinados casos en los que puede haber una pérdida de la limitación de responsabilidad de una sociedad y el administrador responder personalmente de las deudas. Pese a todo, una facturación de unos 30.000 euros años es muy poca cosa y no parece conllevar riesgos excesivos en lo económico.
Pregunta 2 - SI, no hay problema en ello, la sociedad puede funcionar estando de baja el administrador, de hecho hay figuras como la del administrador que presta servicios no remunerados a la sociedad por ejemplo, en este caso, siempre que exista la figura la gestión es una cosa distinta. No hay problema, el administrador puede estar de baja ya que sigue siendo, pese a ello, administrador de la sociedad y por tanto responsable del desarrollo de la gestión.
De todos modos, hay varios aspectos más allá de sus preguntas que me preocupan.
Por de pronto me preocupa la viabilidad del negocio. Si tienen gestoría, empleados (según indicaba dos), costes fijos y deben generar beneficios para dos socios, una facturación de 30.000 euros anuales no justifica esa inversión, por poco que cobren los empleados casi están asumiendo riesgos para pagarles los sueldos, así pues, me parece un poco arriesgado prever una facturación que no llega a los 3.000 euros mensuales de media.
En segundo lugar, una sociedad suele ser un proyecto que implica inversión de tiempo, antes y durante el proceso de creación de la empresa, y mucho más una vez está constituida y en marcha. No creo en las sociedades que se crean sin la implicación en el día a día de los promotores y administradores, esas sociedades en las que los socios continúan con sus trabajos por cuenta ajena suelen estar abocadas al fracaso y al cierre ya que se parte de 0 y existen costes desde el primer minuto.
Si a eso asimilamos el hecho de unas condiciones muy particulares de los socios tenemos de momento que el punto de partida de la sociedad es anómalo y que ya conlleva tensiones desde el mismo inicio.
Así mismo, como van a valorar el mayor riesgo que asume aquella que conste como administradora de la sociedad, económicamente supondrá un sueldo, ¿no?, como lo van a tratar. Por otro lado, si se generan beneficios, percibirán lo mismo en el reparto de dividendos.
¿Saben qué las normativas contables implican que de los beneficios el 30% se los lleva hacienda por el impuesto de sociedades?
¿Saben qué además de eso deben hacer las provisiones de reservas que establece la Ley de sociedades?
Si tenemos en cuenta que el beneficio final de una empresa gacela (aquellas que tienen amplios márgenes de beneficio) no superan el 22% de la facturación global, tendríamos que en el mejor de los casos, hablaríamos de unos 6.000 euros de beneficio, teniendo en cuenta la normalidad, supondría que al menos dos o tres años estarían sin beneficios y que a posteriori empezarían a tener unos pingües beneficios de 500 a 1.000 euros al año.
Pregunta - ¿De verdad les compensa constituir una sociedad con esas previsiones? ¿Dispone de un plan de negocio que garantice a priori la viabilidad de la iniciativa empresarial?

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