Liquidación de empresa

Siempre tuve curiosidad por el tema que a continuación le voy a exponer y me gustaría saber que es lo que sucede en estos casos
La empresa en la que trabajo declara concurso voluntario y es inscrito el auto con fecha de 5 de junio en el registro mercantil ( hace un mes por ejemplo).
El trabajador esta de baja y se le notifica ( con fecha de 15 de junio) que la empresa en la que trabaja se a metido en todo esto de la liquidación y se le pide que facilite información a la administradora concursal de lo que le debe la empresa para saber si son correctos los datos como un acreedor más en la masa total del concurso. ( El trabajador esta en temas judiciales con la empresa desde hace varios meses atrás, porque le adeudan salarios atrasados e indemnización porque pidió la rescisión del contrato por incumplimiento del empresario) y cuando coge el alta medica después de unos meses de baja se encuentra que la carta que recibió es totalmente cierta ya que en su empresa no hay nadie.
Mis dudas entonces son:
1- El trabajador sigue apareciendo en la puerta de la empresa ( aunque allí no hay ni dios como quien dice) es necesario que siga apareciendo en la empresa una vez cogida el alta o por el contrario cuando una empresa entra en concurso voluntario (liquidación) o se le da de baja automáticamente a todos los trabajadores "como quien dice para no generar más gasto... Nominas, seguridad social del trabajador..." noificandoselo junto con la misma carta de lo que le debe la empresa como un acreedor más.?
2- Si se le da de baja automáticamente al entrar en concurso voluntario(liquidación) y "si se lo notifican que no se si lo hacen o no" el sigue apareciendo en la puerta de la empresa y siguen pasando los días... Pierde el riesgo de perder el paro ya que tienes 20 días de limite de apuntarte al paro desde que eres despedido.
3- ¿En esta ciercustancia que te planteo ( para saber si a perdido derecho a apuntarse al paro o no) ... El trabajador esta despedido desde que la empresa entro en concurso voluntario (liquidación) día 5 de junio... Desde que recibió la carta 15 de junio ... O aun sigue en plantilla ese trabajador a día 5 de julio?

4 Respuestas

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El trabajador, después de contestar a las preguntas que le hacen, que imagino las contesta junto con su abogado, después ir al paro con los papeles, el Inem se hará cargo de la prestación por desempleo a partir de la fecha del día del concurso, pero si quiere cobrar los atrasos e incluso los meses siguientes, puede pedir la ayuda de Fogasa.
Todo esto se lo dirá igual su abogado
Mucha suerte
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1.- Si la empresa ha entrado en concurso, debe tener asignados por el juez unos Administradores Temporales que se hagan cargo de la gestión de la empresa. A los trabajadores NO se les da de Baja automáticamente o son baja voluntaria o son despedidos, pero normalmente NO se les da de baja en la empresa, ya que esos administradores temporales deben "auditar" a la empresa para saber en que estado se encuentra y ver si es "verdad" que la empresa está en quiebra.
En la carta deben haber notificado quienes se han hecho cargo de la empresa, en que estado se encuentra el trabajador y donde debe dirigirse en cargo de reincorporación.
2.- Si, puede perder el desempleo.
3.- Como te he dicho antes, en la carta que se recibe debe poner todas las circunstancias en las que se encuentra el trabajador.
Lo mejor que se puede hacer en este caso es ir a la Seguridad Social, pedir una vida laboral y ver si se está de baja o no. Después (si se está de baja) ir a la Delegación de Hacienda y pedir todos los datos de la empresa, explicando en que situación está el trabajador. De cualquier manera, hasta que no lo dicte un juez el trabajador sigue perteneciendo a la empresa.
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1.- El primer paso de esta persona es actuar como su asesor legal le indique que debe de actuar por cuanto si se encuentra en procedimiento judicial contra la empresa contará con la asistencia de un profesional que debiera de asesorarle en este caso.
2. Y 3.- Sin conocer el estado de la cuestión y sin la documentación pertinente concreta del trabajador es imposible asesorarle convenientemente. Es una situación con el grado de complejidad suficiente como para no poder dar una respuesta genérica y que debe ser tratada individuadamente.
Siento no poder especificar más pero profesionalmente es necesario estudiar el caso para conocer la respuesta.
Un cordial saludo
[email protected]
Jaime Feiner
Feinerconsulting
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Muy bien que se diga no se ha explicado. Mezcla los problemas de la empresa con el trabajador, la baja de por medio y un concurso voluntario...
Me dice usted que el trabajador había extinguido su contrato antes de la entrada en Concurso Voluntario y que tenía indemnización pendiente. Me dice que se entera del concurso por una carta que el envían y cuando se da de alta, vuelve al centro de trabajo donde no hay nadie.
Digamen una cosa, ¿No ha contratado abogado ya? Imagino que si, a estas alturas. Este o es un foro de opinión o donde resolver curiosidades, sino de orientar en primera instancia.
Para poder cobrar paro, necesita que haya una extinción de contrato. Partiendo de esta base, no se cómo lo ha hecho usted, pero obviamente elc aso tiene componnentes adicionales por los que no me voy a pronunciar, dado que no puedo verificar hechos. No obstante, entiendo que siendo como está la empresa en Concursod e Acreedores, se habrá hecho con los servicios de un abogado experto en el área. Sino es así, ya va siendo hora.
Funcionamiento de la página.
Todoexpertos.com consiste en una comunidad de ayuda virtual( resolver curiosidades por ejemplo entra dentro de la ayuda virtual con temas como laborales, de automóviles etc, etc, para su información señor abogado).
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Resumiendo, en mi humilde opinión creo que es experto de una página que no conoce correctamente su finalidad ni para lo que se creo dicha página, que es orientar y ayudar a la gente (tanto sean opiniones, resolver dudas, orientar o lo que cada usuario necesite en todas sus categorías) aunque ya le digo que es mi humilde opinión.
Reciba un cordial saludo caballero.

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